9. COOPERATIVAS – Remisión Posterior a Asamblea

9.1 Descripción del Trámite:
Dentro de los 30 días corridos posteriores a la celebración de la asamblea ordinaria, extraordinaria y/o de distrito, las cooperativas deben remitir las actas y notas que correspondan; acorde a la Ley Nacional 20337, Ley Provincial 5316, Resolución 09/2019 DAyC y otras normas vigentes

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9.2 Requisitos para iniciar el trámite (Documentos a presentar):
a) Nota de presentación; b) Copia del acta de asamblea ordinaria, extraordinaria y/o de distrito según corresponda, con el contenido mínimo establecido en las normas vigentes. c) Constituir domicilio electrónico (Resolución 09/2019 DAyC) En el caso de tratarse de asambleas ordinarias, juntamente con la documentación indicada en el artículo precedente, las cooperativas deberán acompañar la siguiente documentación: a) Copia de los estados, cuadros anexos y planillas mencionados en el artículo 51º de la Resolución 09/2019 DAyC, si hubieran sido modificados por la asamblea; b) En caso de que en la asamblea se hubieran elegido consejeros y síndicos, copia del acta de consejo de administración en la cual se han distribuidos los cargos; c) Copia de la nómina completa de los integrantes del Consejo de Administración, titulares y suplentes e integrantes de la Sindicatura, titulares y suplentes, con expresa indicación de: 1) apellido y nombre; 2) domicilio y clase; 4) tipo y número de documento; cargo; fecha de terminación de mandato; y número de acta de reunión del Consejo de Administración en la que se distribuyeron los cargos. d) Para los casos de aprobación de modificaciones estatutarias, aprobación y/o modificaciones de reglamentos internos, deberá cumplirse con lo establecido en los artículos 16º y/o 17º de la Resolución 09/2019 DAyC. e) En casos que la presentación exceda los 30 días de Asamblea presentar Código 679

9.3 Flujo del Trámite (Etapas):
1. Mesa de Entradas por Ventanilla Única
2. Área Contable
3. Área Legal
4. Área Datos Estadísticos
5. Despacho
6. Dirección