Crédito Fiscal para Capacitación PYME_ COOPERATIVAS

¿QUÉ ES EL PROGRAMA CRÉDITO FISCAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO DE NACIÓN?

El Programa Capacitación PyME con Crédito Fiscal consiste en un reembolso de hasta el 100% de los gastos asociados a proyectos de capacitación para el personal de las MiPyMEs, presidente, vicepresidente y/o socios gerentes, a través de un bono electrónico aplicable al pago de impuestos nacionales. Asimismo, el Programa contempla las modalidades cadena de valor para la promoción a partir de una empresa cedente de actividades de capacitación que beneficien a Pymes y/o emprendedores/as relacionados/as, también la modalidad “Capacitación Para La Promoción de grupos asociativos MiPymes” para la generación de asociatividad entre MiPyMEs y la modalidad “Infraestructura para el Desarrollo Regional” que contempla la adquisición de equipamiento y adecuación del espacio para instituciones intermedias de apoyo Pyme.

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL PROGRAMA?
Promover el acceso a la capacitación para MiPyMEs y emprendedores así como el fortalecimiento de infraestructura de capacitación para instituciones intermedias de apoyo PyME, actividad que podes realizar a través de la entidades capacitadoras.

¿CÓMO SE MATERIALIZA EL BENEFICIO?
El reembolso se efectiviza a través de un bono electrónico de crédito fiscal una vez ejecutado el proyecto y aprobada la rendición de cuentas. El bono electrónico que se emite a nombre de la empresa titular del proyecto se acredita a la cuenta de AFIP pudiendo la empresa cancelar mediante el mismo cualquier tributo cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la AFIP (IVA, Ganancias, Fdo. Educ. Prom.Coop., etc). También se puede transferir la totalidad del bono a otro CUIT.

¿QUIÉNES PUEDEN PRESENTAR PROYECTOS Y CUÁLES SON SUS REQUISITOS?
● Las empresas Micro, Pequeñas, Medianas Tramo 1 y Medianas Tramo 2 pueden presentar proyectos para beneficio propio o para el beneficio de otra MiPyME o emprendedor/a.
○ Poseer “Certificado MiPyME” vigente al momento de la presentación del proyecto.
○ Tener al menos 1 empleado/a en relación de dependencia.
○ no poseer deudas fiscales y/o previsionales exigibles al momento de la presentación del proyecto.

LAS COOPERATIVAS QUE ESTEN DENTRO DEL RANGO MIPYME Y QUE POSEAN EMPLEADOS EN RELACION DE DEPENDENCIA PUEDEN PRESENTARSE COMO BENEFICIARIAS DIRECTAS, EN EL CASO DE LA S COOPERATIVAS DE TRABAJO AL NO TENER EMPLEADOS EN RELACION DE DEPENDENCIA PUEDEN HACERLO A TRAVES DE LA ALTERNATIVA ASOCIATIVIDAD CON OTRA MIPYME Y RECIBIR LA CAPACITACION SOLICITADA.

¿QUÉ MODALIDADES HAY EN EL LLAMADO 2020?

1. “CAPACITACIÓN DEL PERSONAL”
Proyectos de Capacitación presentados directamente por una MiPyME para sus empleados en relación de dependencia y/o presidente, vicepresidente y socios gerentes.
➔ Reintegro del 35 al 100% de los gastos efectuados.
2. “CAPACITACIÓN DE EMPRENDEDORES DE LA CADENA DE VALOR”
Proyectos de Capacitación presentados por una o más Empresas Solicitantes Cedentes, sean GRANDES EMPRESAS o MiPyMEs, para la capacitación de uno o más Emprendedores beneficiarios de capacitación para su potencial incorporación en nómina de proveedores u otros acuerdos de mutua colaboración.
➔ Reintegro del 80 al 100% de los gastos efectuados
3. “CESIÓN DE GRANDES EMPRESAS Y/O MIPYMES A MIPYMES DE SU CADENA VALOR”
Proyectos de Capacitación presentados por una o más Empresas Solicitantes Cedentes, sean GRANDES EMPRESAS o MiPyMEs, para capacitar a MiPyMEs dentro de su cadena de valor, ya sean
proveedores, distribuidores, y/o clientes. Se podrán fortalecer cooperativas de trabajo en esta modalidad.
➔ Reintegro del 80 al 100% de los gastos efectuados
4. “CAPACITACIÓN ASISTIDA PARA LA PROMOCIÓN DE GRUPOS ASOCIATIVOS DE MIPYMES”
Proyectos de Capacitación asistida presentados por dos o más MiPyMEs que tengan por objetivo la capacitación de su personal para la ejecución de proyectos asociativos entre sí.
➔ Reintegro del 100% de los gastos efectuados
5. “FORTALECIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA EL DESARROLLO REGIONAL”
Proyectos presentados por una o más empresas solicitantes cedentes, sean MiPyMEs o GRANDES EMPRESAS, destinados a incorporar equipamiento de capacitación y/o mejorar instalaciones a las instituciones intermedias de apoyo Pyme, descritas en el art. 6.6. de las Bases y Condiciones 2020.
Los mismos contemplarán acciones orientadas a:
● Financiar adecuaciones edilicias que mejoren la seguridad y las condiciones de los espacios
físicos para el dictado de capacitaciones para pymes, incluyendo las que resulten necesarias
para instalar equipamiento a adquirirse, y/o
● Financiar la adquisición de equipamiento y nuevas tecnologías para su uso didáctico, y
preferentemente que impliquen un salto tecnológico.
➔ Reintegro del 100% de los gastos efectuados

¿CUÁL ES EL TOPE MÁXIMO DEL PROYECTO?
• Empresas Micro y Pequeñas:
El límite es $ 5.000.000 o hasta el 30% (TREINTA POR CIENTO) de la masa salarial bruta acumulada de los 12 meses anteriores a la presentación del proyecto (Información contenida en el F-931 de AFIP “Suma de Rem. Imp. renglón 2 ”).
• Empresas Medianas Tramo 1:
El límite es $ 7.000.000 o hasta el 30% (TREINTA POR CIENTO) de la masa salarial bruta acumulada de los 12 meses anteriores a la presentación del proyecto (Información contenida en el F -931 de AFIP “Suma de Rem. Imp. renglón 2 ”).
• Empresas Medianas Tramo 2:
El límite es $ 10.000.000 o hasta el 30% (TREINTA POR CIENTO) de la masa salarial bruta acumulada de los 12 meses anteriores a la presentación del proyecto (Información contenida en el F-931 de AFIP “Suma de Rem. Imp. renglón 2 ”)

¿HASTA QUÉ FECHA SE PUEDEN PRESENTAR PROYECTOS?
La fecha límite para presentar proyectos es el 31/10/2020.