Enlazados +50

¿Cómo inscribirse?

El sector privado interesado deberá inscribirse a través de la plataforma “Ticket de Mendoza”, en el botón al principio de esta página los redireccionará al portal del sistema para la postulación. 

Apertura de Inscripciones

A partir del día 07 de febrero de 2022.

INSCRIPCIÓN DE LÍNEAS:
Ley Provincial N° 9364 (descargar)
Decreto Provincial N° 16/2022 (descarga)
Lista de documentos a adjuntar (descargar)
Calendario (descargar)

¿Qué es Enlazados +50?

Es un programa implementado por el Gobierno de Mendoza, que tiene por objetivo reconocer el aporte del sector privado a la generación de empleo genuino y a la mejora de las condiciones de empleabilidad de los y las mendocinas. En este caso específico la línea se orienta a todas aquellas empresas que incorporen en relación de dependencia a cincuenta y uno (51) o más trabajadores y trabajadoras.
Para lograr el objetivo previsto, la provincia trabajará de forma articulada con el sector empresarial, con el fin de ampliar y mejorar las posibilidades de inserción laboral genuina, incorporando nuevos trabajadores y trabajadoras al ecosistema económico provincial.

¿Cómo se implementa?

El Estado Provincial,  a través del Ministerio de Economía y Energía, aportará por cada trabajadora o trabajador, de la plantilla de más de cincuenta nuevas incorporaciones, realizadas bajo la modalidad de contrato por tiempo indeterminado, un monto mensual equivalente al cien por ciento (100%) del Salario Mínimo Vital y Móvil para una jornada laboral de tiempo completo, siendo esta la debidamente establecida por Convenio Colectivo de Trabajo que comprenda a la actividad económica declarada.

Para aquellas contrataciones cuyas jornadas laborales impliquen una carga horaria laboral equivalente a media jornada, fijada por convenio colectivo de trabajo, el Programa aportará por cada trabajador un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo Vital y Móvil.

La transferencia de fondos por parte de la provincia se realizará de forma directa a cada empleado o empleada a mes vencido, mediante depósito bancario.

Los y las empleadoras deberán cubrir el aporte restante para alcanzar los montos establecidos por convenio colectivo de trabajo, para el salario específico de cada rama de actividad.

El aporte estatal se actualizará de acuerdo a las modificaciones del Salario Mínimo Vital y Móvil, fijadas por el gobierno nacional.


¿Cuánto tiempo pagará el Estado Provincial el incentivo?

El beneficio será pagado, habiendo superado la postulación empresarial las instancias evaluatorias a cargo de la Dirección Territorial de Empleo y Capacitación, por un lapso de hasta DOCE (12) meses consecutivos, vigentes a partir de la aprobación definitiva por parte de autoridad competente, siempre y cuando se dé continuidad a la relación laboral original.
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¿Cómo funciona el Programa Enlazados +50?

Empleadores y empleadoras acceden al registro virtual de inscripción, vía Sistema Ticket, cargando los datos pertinentes a su proyecto y participantes postulados.

Las bases y condiciones de participación están adjuntas al formulario de inscripción.

La participación implica aceptación de las bases y condiciones establecidas por el Programa.

Requisitos

Requisitos para trabajadores y trabajadoras postulados

● Desocupados/as entre 18 a 60 años de edad en el caso de mujeres y 65 en el caso de hombres (acreditable mediante copia del DNI, pasaporte o documentación oficial respaldatoria)
● Ser residentes de la Provincia de Mendoza (acreditable mediante copia del DNI, pasaporte o certificado de residencia emitido por autoridad competente)
● Personas con discapacidad, contar con Certificado Único de Discapacidad (CUD) vigente.
● Estar registrado/a en la Red Provincial de Empleo. En caso de que no esté registrado, podrá realizarlo en el siguiente link Red Provincial
de Empleo
● No figurar en el registro de Deudores Alimentarios. (Certificación Negativa de Anses).

Requisitos para el sector privado que quiera participar

● Estar registrado en la Red Provincial de Empleo. Con solo registrarse usted está dentro de dicha Red
● No figurar en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).
● Poseer habilitación municipal pertinente en el caso que la actividad principal declarada así lo amerite.
● Cumplimentar con la tributación fiscal de tasas provinciales y municipales vigentes.
● Poseer domicilio del desarrollo de actividades en la Provincia de Mendoza.
● Encontrarse constituida jurídicamente como Sociedad Anónima, Sociedad Anónima Simplificada, Sociedad de Responsabilidad Limitada y otras con/sin fines de lucro, Responsables Inscriptos y Cooperativas.
● De ser Monotributista, encontrarse categorizado en la categoría B o superiores.

¿Qué empresas pueden participar?

Pueden participar:
● Micro, pequeñas, medianas o grandes empresas. Las mismas deben estar constituidas jurídicamente como (S.A, S.R.L, S.A.S, S.C.S, S.C, y restantes)
● Monotributistas de categoría B en adelante.

Información Importante

Día límite para la creación de nuevos tickets: 12 de cada mes.
 Día límite para completar documentación faltante: 15 de cada mes.

Preguntas Frecuentes

¿Quiénes pueden ser participantes del Programa?

Puede participar toda aquella empresa que registre a cincuenta y uno o más trabajadores/as, dentro de un mismo mes, con el cumplimiento fiscal ATM al día y no se encuentren en el registro público de empresas con sanciones laborales. 

Los trabajadores/as que pueden participar, son todos aquellos que sean dados de alta temprana en AFIP bajo la modalidad de TIEMPO INDETERMINADO, sean mayor de 18 años, no se encuentren en el registro de deudores alimentarios y sean desocupados. 

¿Qué comercios, pymes y empresas pueden adherirse?
Todas las radicadas en la provincia de Mendoza y que cumplan con la reglamentación fijada por el Programa.

Como empleador o empleadora ¿Cuántas incorporaciones puedo
realizar?
La participación de las empresas no tiene límites en cuanto a las incorporaciones nuevas que pueda realizar, siempre con un mínimo de cincuenta y uno participantes o más.
Esto implica que toda nueva incorporación de trabajadores y/o trabajadoras con contrataciones a tiempo indefinido, podrán ser incluidas en el Programa, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.
Para toda circunstancia, queda establecido que el límite del Programa Enlazados está determinado por la disponibilidad presupuestaria del mismo.

¿Las contrataciones y carga en Enlazados pueden ser acumulativas mes a mes para participar de Enlazados +50?

No, la incorporación en el programa debe ser correlativa dentro de un mismo mes y llegar al mínimo de cincuenta y un trabajadores o más. De lo contrario dichas altas pasarán al programa Enlazados. 

¿Qué sucede una vez finalizada la participación en el Programa Enlazados +50?
Una vez finalizado el programa, el o la trabajadora incorporada continúa dentro de la empresa bajo la modalidad de contratación oportunamente contraída, sujeto a las normativas legales nacionales y provinciales vigentes.

¿Qué pasa si la empresa ya es parte de un programa nacional?
En el caso de empresas participantes que perciban aportes o estímulos de
programas y/o líneas nacionales que coincidan en sus objetivos con el
Programa Enlazados +50, percibirán de parte de la Provincia el monto necesario para completar el equivalente al salario mínimo vital y móvil vigente.

¿Por qué afectar el presupuesto provincial para este Programa si la
Nación tiene líneas similares?
Los Programas nacionales apuntan a un universo poblacional acotado y con
características específicas. Las personas desempleadas que están fuera de
esos perfiles no cuentan con asistencia de ningún tipo. Frente a esta situación, el Programa Enlazados mejora el universo y las posibilidades de empleabilidad de los y las ciudadanas.

¿Cuándo abren las inscripciones para el Programa ENLAZADOS50 +?
El día 01 del mes de FEBRERO del 2022 se habilitará la plataforma en
www.economia.mendoza.gov.ar en Programa ENLAZADOS +50, para la inscripción del sector privado que quieran formar parte.

¿Cómo es el proceso de inscripción para las empresas?
El sector empresarial deberá ingresar en el link www.economia.mendoza.gov.ar en Programa Enlazados +50 en el icono de “Inscripción” donde deberán completar con los datos de la misma, los datos de los participantes empleados y adjuntar los documentos pertinentes que le sean requeridos.


¿Puedo tomar como trabajador a un familiar?
Si, el límite para participar es de 2(dos) personas por grupo familiar, contabilizando un trabajador/a y un empleador/a por única vez, siempre que no exista relación laboral previa.


¿Cuál es el rango de edades apto para participar como empleado o empleada?
Podrán participar todas las personas que cumplan los requisitos especificados, y que se enmarquen dentro del rango etario de 18 a 60 años de edad en el caso de mujeres y hasta los 65 años en el caso de hombres.

¿Tengo el secundario incompleto puedo ser participante?
Si, ya que los requisitos son definidos por la empresa en cuanto al perfil laboral que desean incorporar.


¿Si tuve relación laboral previa con el participante, puedo contratarlo?
No, aquellas que hayan tenido una relación laboral previa no podrán participar del Programa Enlazados. A EXCEPCIÓN que su relación sea proveniente del Programa Enlace y/o pasantías educativas o prácticas profesionales.

¿Cuándo comienzan los pagos del incentivo?
Los incentivos se pagarán a mes vencido, el mismo se hará efectivo desde el
primer al décimo día del mes.
Las altas deberán generarse del 1 al 10 de cada mes, comprobable mediante
formulario F 931.
Aquellas altas que sean realizadas luego de las fechas fijadas serán
consideradas para el mes próximo sucesivo.

¿Qué sucede en caso de que la relación laboral finalice de forma anticipada?
Si la relación laboral resulta finalizada de forma anticipada e injustificada, la empresa no percibirá el reconocimiento provincial especificado.
De existir debida justificación, la empresa percibirá el aporte estatal
correspondiente. 

Al momento de presentar una baja, tanto despido como renuncia, debe ser informada a NOTIFICACIONESENLAZADOS@GMAIL.COM del 1 al 20 de cada mes adjuntado el telegrama o la baja en AFIP junto a una nota bajo carácter de declaración jurada que justifique el despido de dicha persona.


¿Puedo participar conjuntamente del Programa Enlace y Enlazados +50?
Es posible acceder a ambas líneas de mejora de la empleabilidad, siempre que la participación se ajuste a las reglamentaciones establecidas para ambas.

¿Dónde debo enviar las bajas que sufra la empresa?

Debe enviarlas a notificacionesenlazados@gmail.com adjuntando Telegrama de renuncia o la baja de AFIP y nota con las mismas explicando las razones de las mismas. 


¿Cuáles son las vías de contacto?
Para las consultas del programa pueden contactarse a través del email
enlazadosmas50@gmail.com


¿Si tengo algún reclamo, a donde debo dirigirme?
Los reclamos se recibirán del uno (1) al quince (15) de cada mes, al email
reclamosenzalados@yahoo.com

¿Cómo solicito la baja del programa?