Documentación para votar

Los documentos habilitados para votar son los siguientes:

• Libreta de enrolamiento/libreta cívica
• DNI libreta verde
• DNI libreta celeste
• Tarjeta del DNI libreta celeste
• Nuevo DNI tarjeta

Los documentos deben encontrarse en buen estado. 
Se debe concurrir a votar con el documento que figura en el padrón electoral o versión posterior. Por ejemplo: No podrá hacerlo, cuando se presente a votar con un DNI libreta verde, habiendo gestionado el nuevo DNI tarjeta.

No llegó mi DNI, ¿Qué hago?

Si no llegó su DNI debe dirigirse al CDR donde realizó su trámite.

Los DNI iniciados en CDR MOVIL y aun no recepcionado en los domicilios de los ciudadanos deben dirigirse a la oficina cabecera de cada departamento.

¿Dónde puedo consultar los trámites realizados en el DNI?

Puede consultar en la siguiente página el estado en que se encuentra el trámite de su DNI. www.mininterior.gov.ar

Oficinas Registro Civil habilitadas

Para seguimiento de DNI o pasaporte, pueden comunicarse de lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs. a los teléfonos: 4492191/ 4492184 o puede enviar un mensaje de whatsApp al 2615974776.

En las oficinas se podrán realizar los siguientes trámites:

1- Retirar DNI
2- Solicitar:

  • CERTIFICADO DE NO RECEPCIÓN DNI
  • CERTIFICADO DE EXTRAVÍO: En los casos en que el ciudadano haya perdido su DNI en las 48 hs anteriores a los comicios.
  • CERTIFICADO DE MAYOR DISTANCIA: En los casos en que el ciudadano se encuentre a más de 500 KM del lugar de los comicios, con relación al domicilio según figure en el padrón electoral.
¿Puedo votar con un comprobante de DNI en trámite?

No. Los electores podrán votar únicamente presentando su DNI libreta o tarjeta, LE o LC.
No es considerado probatorio de la identidad del elector ningún comprobante de documento en trámite. Por lo tanto, asegúrese de gestionar su documento antes de esa fecha.

 Los datos de mi DNI no se corresponden con el padrón. ¿Qué debo hacer?

Según el Artículo 86° del Colegio Electoral Nacional, podrán votar aquellos ciudadanos cuyos datos asentados en su documento no coincidan con el padrón, en los siguientes casos:

1. Cuando el nombre no coincida exactamente con el que aparece en el padrón, siempre y cuando concuerden el número de documento, año de nacimiento, domicilio, etc.

2. Cuando el nombre figure con exactitud y la discrepancia sea relativa al documento cívico (domicilio, tipo de documento, etc.).

3. Cuando el elector exhiba un documento cívico igual o posterior al que consta en el padrón. Por ejemplo, si en el padrón figura LC y el elector se presenta con su DNI; o si figura duplicado y se presenta con triplicado.

4. Quienes presenten documento válido sin fotografía, siempre que constaten correctamente las preguntas que le formule el presidente de mesa sobre sus datos personales y cualquier otra información para su identificación.