HOY INICIA LA SEMANA MUNDIAL DE ACCIÓN POR EL PARTO RESPETADO


Del 16 al 22 de Mayo “SEMANA MUNDIAL DEL PARTO RESPETADO”

El Congreso de la Nación, en agosto del 2004, sanciona la ley 25929 y en Mendoza, ratifica tal espíritu la Ley 8130

Dichas normas garantizan el derecho a un parto natural, respetando las necesidades emocionales de la madre y el recién nacido, la intimidad y las pautas culturales, étnicas y religiosas, así como el acompañamiento por el padre, o quien la mujer elija, durante el trabajo de parto, el nacimiento y la internación. Rige para todo el sistema de salud —público, obras sociales y prepagas— y su incumplimiento es falta grave.

Según la Ley mencionada (LEY 25929 DE PARTO HUMANIZADO) toda mujer, en relación con el embarazo, el trabajo de parto, el parto y el postparto, tiene los siguientes derechos:

  1. a) A ser informada sobre las diferentes alternativas de intervenciones médicas que se le pueden aplicar y sobre la evolución de su parto y el estado de su hijo o hija.
  2. b) A ser tratada con respeto, de modo individual y personalizado que le garantice intimidad durante todo el proceso asistencial y tenga en consideración sus pautas culturales.
  3. c) A ser considerada como persona sana y por lo tanto a ser protagonista de su propio parto.
  4. d) Al parto natural, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer.
  5. e) A no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo consentimiento manifestado por escrito bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.
  6. g) A estar acompañada, por una persona de su confianza y elección durante el trabajo de parto, preparto y postparto.
  7. h) A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.
  8. i) A ser informada, desde el embarazo, sobre los beneficios de la lactancia materna y recibir apoyo para amamantar.
  9. j) A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña.
  10. k) A ser informada específicamente sobre los efectos adversos del tabaco, el alcohol y las drogas sobre el niño o niña y ella misma.