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Existe un 4% de reservas de trabajo para personas con discapacidad


El Estado, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las concesionarias de servicios públicos tienen la obligación de contratar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 4% del total de su personal. Asimismo, las normas establecen reservas de puestos de trabajo para ser ocupadas exclusivamente por estas personas.

Las personas con discapacidad tienen derecho a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás. Ello incluye el derecho a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente elegido o aceptado en un mercado y un entorno laboral que sea abierto, inclusivo y accesible.

Los empleadores salvaguardarán y promoverán el ejercicio del derecho al trabajo, inclusive para las personas que hayan adquirido una discapacidad durante el empleo.

La legislación prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad con respecto a todas las cuestiones relativas a cualquier forma de empleo, incluidas las condiciones de selección, contratación y empleo, la continuidad en el mismo, la promoción profesional con condiciones de trabajo seguras y saludables.

Asimismo la ley protege los siguientes derechos: a igual remuneración, igual trabajo; a condiciones de trabajo seguras y saludables, incluida la protección contra el acoso y a la reparación por agravios sufridos; a asegurar que las personas con discapacidad puedan ejercer sus derechos laborales y sindicales, en igualdad de condiciones con las demás; a permitir que las personas con discapacidad tengan acceso efectivo a programas generales de orientación técnica y vocacional, servicios de colocación y formación profesional y continua; a alentar las oportunidades de empleo y la promoción profesional de las personas con discapacidad en el mercado laboral y apoyarlas para la búsqueda, obtención, mantenimiento del empleo y retorno al mismo; a promover oportunidades empresariales, de empleo por cuenta propia, de constitución de cooperativas y de inicio de empresas propias; a emplear a personas con discapacidad en el sector público.

De este modo, se busca promover el empleo de personas con discapacidad en el sector privado mediante políticas y medidas pertinentes que puedan incluir programas de acción afirmativa e incentivos; promover la adquisición de experiencia laboral en el mercado de trabajo abierto; promover programas de rehabilitación vocacional y profesional, y el mantenimiento del empleo y la reincorporación al trabajo dirigidos a personas con discapacidad.