Estado de las rutas y del tiempo en Mendoza

Viviendas sociales: más de 11.000 adjudicatarios cancelaron sus créditos en 2022


A casi un año de sancionada la Ley 9378, el Instituto Provincial de la Vivienda registró una cifra récord en cancelaciones de créditos.

Desde el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) se viene trabajando fuertemente para alentar la cancelación de las viviendas, sobre todo las que llevan más años desde su entrega. El objetivo es sanear la cartera de créditos activos que tiene el IPV, de los cuales cerca de 50% pagan cuotas entre $100 y $ 500.

A mediados de 2021, se puso foco en esta situación y se lanzó un plan de cancelación destinado particularmente a los adjudicatarios que tenían un saldo cancelatorio entre $3.000 y $ 6.000.

Esta medida, que implicó la emisión de más de 5.000 notificaciones en una primera etapa, permitió quintuplicar en pocas semanas la cantidad de cancelaciones respecto a las que habitualmente se realizaban en el IPV.
“De un promedio de 272 cancelaciones que se realizan habitualmente, en octubre del 2021 se registraron 1.322. Y, respecto a septiembre, aumentaron en un 300%”, destacó en ese momento la titular del IPV, María Marta Ontanilla.

En tan solo seis meses, más de 7.000 mendocinos cancelaron sus viviendas en el marco de este plan. En cuanto a la recaudación por este concepto, el impacto fue menor, dado que los montos a cancelar no superaban los $6.000. Sin embargo, se pudo observar un incremento de aproximadamente un 50% respecto al promedio anual.

Ley de regularización dominial y cancelación de viviendas

En abril de 2022 se sancionó la Ley 9378, una norma largamente esperada por el IPV y los beneficiarios de viviendas sociales. Desde su implementación, a partir de junio de 2022, más de 10.000 familias se volcaron a cancelar su deuda con importantes descuentos, lo que al IPV le representó una recaudación de aproximadamente $103 millones.

Los descuentos por cancelación anticipada establecidos en la ley van desde 60% a 40% de quita del capital adeudado, dependiendo de la fecha de entrega de la vivienda y del saldo cancelatorio del crédito. Además, 10% adicional en caso de tener el pago de las cuotas al día (o con hasta tres cuotas en mora).

Si el saldo cancelatorio es menor a dos salarios mínimo, vital y móvil (SMVyM), los descuentos serán de 60%. En tanto que, si el saldo supera los dos SMVyM, se considera como variable la fecha de inicio de recupero.

Si esta fecha es anterior al 31 de diciembre del 2005, corresponde un descuento de 50% y, de 40% en el caso de las viviendas o créditos que comenzaron a pagarse a partir del 1 de enero de 2006 y hasta el 31 de diciembre de 2015.

Cabe aclarar que estos beneficios estarán vigentes hasta el 31 de marzo según lo establece la norma, si bien desde el IPV se está analizando la posibilidad de prorrogar este vencimiento. Quienes no estén alcanzados por la ley, igualmente pueden cancelar con un descuento de 20%.

Otros alcances de la Ley 9378

Además de la posibilidad de cancelar la ordenanza, contempla la posibilidad de regularizar la titularidad de las viviendas por transferencia, en el caso de que hayan sido adquiridas mediante boleto de compra/venta, cesión de derechos, permuta o, cualquier otra acción traslativa de derechos. La regularización también podrá darse para aquellos ocupantes que puedan demostrar más de 5 años en la vivienda, entre otros requisitos establecidos en la ley.

Además, la ley establece que quienes deseen acceder a la escrituración podrán hacerlo aun cuando registren deuda con diversos organismos. Esta situación, que para muchos adjudicatarios significaba un obstáculo, quedará simplificada. Sin embargo, esto no significa que esas deudas sean condonadas sino que, al ser reconocidas, les permitirá continuar con el curso del trámite.