{"id":11298,"date":"2012-01-05T00:00:00","date_gmt":"2012-01-05T00:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/prensa.wp2.mendoza.gov.ar\/?p=11298"},"modified":"2012-01-05T00:00:00","modified_gmt":"2012-01-05T00:00:00","slug":"ley-de-avaluo-fiscal-diputados-aprobo-la-norma-por-mayoria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mendoza.gov.ar\/prensa\/ley-de-avaluo-fiscal-diputados-aprobo-la-norma-por-mayoria\/","title":{"rendered":"Ley de Aval\u00fao Fiscal: Diputados aprob\u00f3 la norma por mayor\u00eda"},"content":{"rendered":"<!DOCTYPE html PUBLIC \"-\/\/W3C\/\/DTD HTML 4.0 Transitional\/\/EN\" \"http:\/\/www.w3.org\/TR\/REC-html40\/loose.dtd\">\n<html><body><p>La C&aacute;mara de Diputados de Mendoza aprob&oacute; por mayor&iacute;a el proyecto de ley Aval&uacute;o Fiscal es la base imponible del Impuesto Inmobiliario y en el Impuesto de Sellos y Automotores, en la transferencia de los bienes ra&iacute;ces, que se celebren en el transcurso de ese per&iacute;odo fiscal.<\/p>\n<p>Las principales modificaciones propuestas por el gobierno provincial se basan en un incremento del Valor Unitario de la construcci&oacute;n en un 20%, estableci&eacute;ndose los valores de referencia en $398\/m2 y $332\/m2 respectivamente, seg&uacute;n las valuaciones fiscales del ejercicio anterior superen o no los $ 300.000.<\/p>\n<p>Asimismo, se incrementan los valores unitarios de tierra urbana un 20% de manera tal de tener &ldquo;un conjunto homog&eacute;neo de valores que no superan los 20 grupos distintos, con el objeto de normalizar los valores de la tierra provocando aval&uacute;os fiscales similares para zonas de id&eacute;nticas caracter&iacute;sticas&rdquo;.<\/p>\n<p>Se modifican tambi&eacute;n los valores unitarios de la tierra suburbana en la misma cantidad que lo hace la tierra urbana &ldquo;a los efectos de lograr equidad en parcelas de similares caracter&iacute;sticas&rdquo;.<\/p>\n<p>Adem&aacute;s, cambian los valores de las vasijas vinarias en la misma cantidad que el valor de las mejoras edilicias.<\/p>\n<p>Se actualiza, al igual que el a&ntilde;o anterior el valor de las mejoras del inmueble perteneciente a la Destiler&iacute;a de Luj&aacute;n de Cuyo, en el mismo porcentaje que se actualiza el valor del resto de los inmuebles de la provincia.<\/p>\n<p>En el articulado, se propone que el valor unitario de las mejoras edilicias urbanas se determinar&aacute; a partir de: El valor de una vivienda tipo de categor&iacute;a tercera, o 75 puntos, ser&aacute; de $ 398\/m2 para aquellas propiedades que en el ejercicio fiscal 2011 tuvieron un aval&uacute;o fiscal igual o superior a los $ 300.000, y para las unidades de propiedad horizontal cuya categor&iacute;a constructiva sea la primera (Categor&iacute;a 1) y las de segunda categor&iacute;a que posean una superficie cubierta propia igual o superior a los 150 m2 cubiertos. Para el resto de las parcelas, el valor unitario de las mejoras edilicias ser&aacute; de $ 332\/m2. El valor unitario de la construcci&oacute;n de las propiedades que no sean categor&iacute;a tercera o 75 puntos, estar&aacute;n diferenciadas por la aplicaci&oacute;n del Coeficiente Relativo de la construcci&oacute;n.<\/p>\n<p>Para el caso del aval&uacute;o fiscal para aquellas propiedades rurales cultivadas que para el ejercicio fiscal 2011 su valuaci&oacute;n hubiera sido igual o superior a los cuarenta y cinco mil pesos ($ 45.000) se ajustar&aacute; por el coeficiente corrector rural (Ccr) para la parte cultivada, que se aprueba por la presente, siendo este criterio el predominante para el c&aacute;lculo de aval&uacute;o.<\/p>\n<p>El aval&uacute;o fiscal para aquellos titulares de propiedades rurales cultivadas cuya sumatoria de superficie parcelaria sea mayor o igual a 20 ha, se ajustar&aacute; por el porcentaje del coeficiente corrector rural (Ccr) que se aprueba por la presente, seg&uacute;n la siguiente tabla:<\/p>\n<p><strong>Superficie<\/strong><\/p>\n<p>100% 50 ha o m&aacute;s<\/p>\n<p>70% de 40 a 49 ha<\/p>\n<p>50% de 30 a 39 ha<\/p>\n<p>10% de 20 a 29 ha<\/p>\n<p>El aval&uacute;o fiscal resultante, no podr&aacute; ser inferior al aval&uacute;o fiscal de ejercicio anterior, exceptuando las mejoras.<\/p>\n<p>Se dispone asimismo que las parcelas que deban ser incorporadas al Banco de Informaci&oacute;n Catastral, en el curso del per&iacute;odo fiscal 2.012, se valuar&aacute;n seg&uacute;n los valores unitarios de la tierra libre de mejoras vigentes en su entorno m&aacute;s pr&oacute;ximo<\/p>\n<p>Por otra parte, se considera inmuebles bald&iacute;os a los bienes inmuebles urbanos que no est&eacute;n edificados o cuyas construcciones no se encuentren en estado de habitabilidad, de acuerdo con lo que establezca la reglamentaci&oacute;n. Tambi&eacute;n ser&aacute;n considerados bald&iacute;os a los fines de la aplicaci&oacute;n del adicional establecido en el C&oacute;digo Fiscal, aquellas parcelas que:<\/p>\n<p> a) Teniendo una superficie inferior a 5.000 m2, tengan una superficie cubierta inferior a los 25,00 m2.<\/p>\n<p> b) Teniendo una superficie inferior a 5.000 m2 y el valor de las mejoras introducidas sea inferior al equivalente a la construcci&oacute;n de 25 m2 al valor de 360 $\/m2.<\/p>\n<p> c) Aquellas cuya superficie sea superior a 5.000 m2 dentro del ejido urbano con una poblaci&oacute;n superior a 100.000 habitantes que no presenten evidencia de cultivos permanentes o temporarios que sean un medio de productividad agropecuaria demostrable o una superficie cubierta, en una proporci&oacute;n inferior al cinco por ciento (5%) de la superficie total del terreno, o que posean una inversi&oacute;n demostrable inferior al 20 % del aval&uacute;o fiscal de la tierra libre de mejoras.<\/p>\n<p> Se crea por otra parte la figura de agente de informaci&oacute;n catastral quien deber&aacute; suministrar informaci&oacute;n sobre las edificaciones que se construyan por los particulares dentro del territorio provincia.<\/p>\n<p>Ser&aacute;n agentes de informaci&oacute;n catastral los consejos o colegios profesionales de ingenier&iacute;a, agrimensura, arquitectura y Maestros Mayores de Obra, quienes deber&aacute;n informar a la Direcci&oacute;n Provincial de Catastro, de acuerdo a la resoluci&oacute;n de la direcci&oacute;n que se dicte a tal efecto, listados de las labores profesionales de obra nueva, ampliaci&oacute;n, refacci&oacute;n o demolici&oacute;n, de la totalidad de los matriculados en el mismo.<\/p>\n<p>En otro punto, se definen como parcelas especiales, a aquellas que por sus caracter&iacute;sticas, usos o destinos no puedan ser valuadas de manera satisfactoria, utilizando las f&oacute;rmulas polin&oacute;micas de la presente Ley. Por ello la Direcci&oacute;n Provincial de Catastro individualizar&aacute; a dichas parcelas, y determinar&aacute; el Valor de Mercado por s&iacute; o por Convenios celebrados con Universidades, Centros de Estudio o Colegios Profesionales, o quien &eacute;ste designe a tal efecto, dentro del marco establecido por las<\/p>\n<p>Normas Provinciales de Tasaci&oacute;n. El valor fiscal resultante, ser&aacute; el 40% de dicho Valor de Mercado.<\/p>\n<p><strong>Debate<\/strong><\/p>\n<p>Durante el tratamiento del proyecto desde las distintas bancadas fundamentaron las posiciones con respecto a la norma.<\/p>\n<p>Desde la bancada oficialista la presidente de la Comisi&oacute;n de Hacienda y Presupuesto la diputada Rita Marcos sostuvo que &ldquo;los cambios propuestos responden a una pol&iacute;tica por parte del Poder Ejecutivo de actualizar la ley de aval&uacute;o que est&aacute; destinada a mejorar la recaudaci&oacute;n sin que recaiga sobre los sectores m&aacute;s humildes&rdquo;.<\/p>\n<p>En tanto, el presidente de la bancada dem&oacute;crata, el diputado Aldo Vinci remarc&oacute; que &ldquo;se ha recaudado muy poco y hubo una mala gesti&oacute;n tributaria. Existen m&aacute;s de 20 millones de metros cuadrados clandestinos, que deben incorporarse al plan catastral provincial.&rdquo; Al referirse a la postura del bloque del Partido Dem&oacute;crata indic&oacute; que se oponen al aumento porque no es justo es lineal y por lo tanto no vamos acompa&ntilde;ar esta norma&rdquo;.<\/p>\n\n<p>A su turno la diputada Liliana Vietti (UCR) reconoci&oacute; que &ldquo;hay un retraso en los importes, pero es necesario mejorar la gesti&oacute;n tributaria provincial&rdquo;. Indic&oacute; que desde el radicalismo siempre &ldquo;se han brindado herramientas que puedan contribuir a perfeccionar lo tributario&rdquo;. Uno de los aportes del sector radical fue la diferenciaci&oacute;n por encima del 20% para las grandes empresas como las refiner&iacute;as, bancos, Shopping, mall, supermercados e hipermercados. Tambi&eacute;n la legisladora radical pidi&oacute; que el gobierno provincial convoque nuevamente al Consejo Tributario Provincial como una herramienta para optimizar los recursos, porque este organismo est&aacute; compuesto por los 18 municipios.<\/p>\n<p> Informaci&oacute;n suministrada por el &Aacute;rea de Prensa de la C&aacute;mara de Diputados<\/p>\n<\/body><\/html>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La C&aacute;mara de Diputados de Mendoza aprob&oacute; por mayor&iacute;a el proyecto de ley Aval&uacute;o Fiscal es la base imponible del Impuesto Inmobiliario y en el Impuesto de Sellos y Automotores, en la transferencia de los bienes ra&iacute;ces, que se celebren en el transcurso de ese per&iacute;odo fiscal. 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