{"id":169566,"date":"2019-01-19T10:00:41","date_gmt":"2019-01-19T13:00:41","guid":{"rendered":"http:\/\/prensa.wp1.mendoza.gov.ar\/?p=169566"},"modified":"2019-01-18T16:25:23","modified_gmt":"2019-01-18T19:25:23","slug":"planes-de-ahorro-que-puntos-del-contrato-deben-ser-destacados-por-parte-de-las-concesionarias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mendoza.gov.ar\/prensa\/planes-de-ahorro-que-puntos-del-contrato-deben-ser-destacados-por-parte-de-las-concesionarias\/","title":{"rendered":"Planes de ahorro: \u00bfqu\u00e9 puntos del contrato deben ser destacados por parte de las concesionarias?"},"content":{"rendered":"<!DOCTYPE html PUBLIC \"-\/\/W3C\/\/DTD HTML 4.0 Transitional\/\/EN\" \"http:\/\/www.w3.org\/TR\/REC-html40\/loose.dtd\">\n<html><body><h5>A trav&eacute;s de una resoluci&oacute;n, la Direcci&oacute;n de Defensa del Consumidor defini&oacute; una serie de obligaciones destinadas a las concesionarias de automotores que ofrecen planes de ahorro previo a sus clientes.<\/h5>\n<p>Mediante resoluci&oacute;n N&ordm;3 de 2019, la Direcci&oacute;n de Defensa del Consumidor de Mendoza dispuso una serie de obligaciones destinadas a las concesionarias de automotores que ofrecen planes de ahorro previo a sus clientes.<\/p>\n<p><strong>Deber de informar<\/strong><\/p>\n<p>Esta resoluci&oacute;n se sustenta en lo establecido en la Constituci&oacute;n Nacional, y en las leyes nacional y provincial de Defensa del Consumidor N&ordm;24.240 y 5.547, respectivamente.<\/p>\n<p>&ldquo;Es el derecho a la informaci&oacute;n uno de los pilares fundamentales en materia de protecci&oacute;n de los consumidores y usuarios, y una obligaci&oacute;n para los&nbsp; proveedores de bienes y servicios, en las relaciones de consumo&rdquo;, remarc&oacute; M&oacute;nica Lucero, directora del organismo provincial.<\/p>\n<p><strong>C&oacute;mo debe ser esa informaci&oacute;n<\/strong><\/p>\n<p>Cierta, clara y detallada, respecto de todo lo relacionado con las caracter&iacute;sticas esenciales de los bienes y servicios que se proveen, y las condiciones de su comercializaci&oacute;n.<\/p>\n<p>Y, en este sentido, es importante destacar que la informaci&oacute;n debe ser siempre gratuita para el consumidor, y accesible para su lectura y comprensi&oacute;n cabal.<\/p>\n<p><strong>Aspectos centrales de la resoluci&oacute;n<\/strong><\/p>\n<p>A partir de su publicaci&oacute;n en Bolet&iacute;n Oficial, del pasado 10 de enero, las concesionarias de automotores deber&aacute;n entregar por escrito, a los interesados en suscribir un plan de ahorro previo, la informaci&oacute;n que se detalla:<\/p>\n<ol>\n<li>a) Que los montos de las cuotas del plan son variables y se actualizar&aacute;n seg&uacute;n el valor del veh&iacute;culo.<\/li>\n<li>b) Que si el modelo del veh&iacute;culo suscripto se dejara de fabricar en el per&iacute;odo que dure el plan de ahorro previo, o cambiase el mismo o su versi&oacute;n y el nuevo modelo supera en el veinte por ciento (20%) el valor del veh&iacute;culo suscripto originariamente; se deber&aacute; informar a los suscriptores, quienes de no aceptar el nuevo modelo tienen derecho a rescindir el contrato (baja del plan ) y a que se le devuelva el importe de las cuotas abonadas; descontando los gastos administrativos y las eventuales penalidades, sin que ello implique esperar la finalizaci&oacute;n del mencionado plan.<\/li>\n<li>c) Que los gastos de flete y patentamiento deben ser debidamente informados a la fecha de la adjudicaci&oacute;n y deber&aacute;n pagarse por separado.<\/li>\n<li>d) Que si el concesionario ofrece la entrega pactada del veh&iacute;culo, al pago de la segunda, cuarta, u octava cuota, etc., la entrega bajo dichas condiciones debe tener el aval de &ldquo;La Administradora&rdquo; del plan para que efectivamente se cumpla.<\/li>\n<li>e) Que a los fines de cumplir con el seguro del bien, se puede elegir entre varias compa&ntilde;&iacute;as aseguradoras de una n&oacute;mina brindada por &ldquo;La Administradora&rdquo; y el precio del mismo no puede ser superior al de plaza.<\/li>\n<li>f) Que se puede rescindir el contrato de suscripci&oacute;n del plan, recibiendo el monto de las cuotas abonadas, pero dicho monto se recibir&aacute; a la finalizaci&oacute;n del correspondiente plan de ahorro, previo descuento de los gastos pertinentes.<\/li>\n<li>g) Que se pueden anticipar cuotas o cancelar en forma anticipada el plan, abonando el valor de las cuotas puras, sin otro cargo, al momento del efectivo pago.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Toda esta informaci&oacute;n puede estar condensada previamente en el contrato, pero, con la publicaci&oacute;n de la resoluci&oacute;n citada, los puntos mencionados deben ser expuestos por escrito en forma separada y destacada.<\/p>\n<p>&ldquo;Esto permitir&aacute; al consumidor comprender con mayor claridad los alcances de los beneficios y responsabilidades que adquieren al adherir al plan de ahorro previo, y le posibilitar&aacute;, adem&aacute;s, tener m&aacute;s herramientas para realizar un reclamo ante las empresas o una denuncia por presunto incumplimiento&rdquo;, concluy&oacute; M&oacute;nica Lucero.<\/p>\n<p>Para consultas y denuncias, los interesados deben llamar al 148 opci&oacute;n 3;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <a href=\"mailto:148@mendoza.gov.ar\">148@mendoza.gov.ar<\/a>; o descargar la app 148 Mendoza.<\/p>\n<\/body><\/html>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"A trav&eacute;s de una resoluci&oacute;n, la Direcci&oacute;n de Defensa del Consumidor defini&oacute; una serie de obligaciones destinadas a las concesionarias de automotores que ofrecen planes de ahorro previo a sus clientes. 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