{"id":210597,"date":"2019-11-13T16:45:19","date_gmt":"2019-11-13T19:45:19","guid":{"rendered":"http:\/\/prensa.wp1.mendoza.gov.ar\/?p=210597"},"modified":"2019-11-13T19:23:44","modified_gmt":"2019-11-13T22:23:44","slug":"conciliacion-laboral-la-litigiosidad-laboral-se-redujo-casi-un-60-en-mendoza","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mendoza.gov.ar\/prensa\/conciliacion-laboral-la-litigiosidad-laboral-se-redujo-casi-un-60-en-mendoza\/","title":{"rendered":"Conciliaci\u00f3n laboral: la litigiosidad laboral se redujo casi 60% en Mendoza"},"content":{"rendered":"<!DOCTYPE html PUBLIC \"-\/\/W3C\/\/DTD HTML 4.0 Transitional\/\/EN\" \"http:\/\/www.w3.org\/TR\/REC-html40\/loose.dtd\">\n<html><body><h5>Desde la puesta en marcha de la Oficina de Conciliaci&oacute;n Laboral, instancia administrativa y prejudicial, se produjo una reducci&oacute;n de la litigiosidad en los Tribunales del Trabajo. As&iacute;, de 19.542 causas ingresadas en el fuero laboral en 2017, en&nbsp; 2018 disminuy&oacute; a 10.302, lo que representando una baja de 52,71%. Hasta junio de este a&ntilde;o se presentaron 4.757 causas y se espera terminar el a&ntilde;o con no m&aacute;s de 8.000 demandas. Esto mplicar&iacute;a una merma de 22,5% respecto de 2018 y de 59,07 respecto de 2017.<\/h5>\n<p>En el marco de la profunda transformaci&oacute;n del Estado, la situaci&oacute;n de la alta litigiosidad no fue ajena a las sustanciales modificaciones que llev&oacute; a cabo el Gobierno de la provincia de Mendoza. El colapso de expedientes tramitados en la &oacute;rbita jurisdiccional, la mora judicial y el retardo en impartir justicia disminuy&oacute; ampliamente con el trabajo realizado en las Oficinas de Conciliaci&oacute;n Laboral (OCL). De esta manera, se cre&oacute; un &aacute;mbito conciliatorio para acercar posiciones, procurar una justa composici&oacute;n de intereses y evitar el ingreso innecesario de demandas a la Justicia.<\/p>\n<p>El subsecretario de Trabajo, Carlos Segura, destac&oacute; los resultados favorables de la implementaci&oacute;n de la Oficina de Conciliaci&oacute;n Laboral que &ldquo;ha generado una disminuci&oacute;n en el volumen de causas ingresadas en el fuero laboral, lo que mejora y coadyuva a la administraci&oacute;n de justicia&rdquo;.<\/p>\n<p>&ldquo;Pero el logro m&aacute;s destacado es que tanto trabajadores como empleadores cuentan con un &aacute;mbito r&aacute;pido y &aacute;gil para dirimir sus controversias. Un conciliador tiene la misi&oacute;n de acercar posiciones en torno a derechos litigiosos o dudosos, resguardando celosamente el orden p&uacute;blico laboral y custodiando los principios que la normativa laboral tutela, como la irrenunciabilidad de los derechos y su protecci&oacute;n. De esta manera, los trabajadores cuentan con la posibilidad de resolver sus contingencias con motivo del trabajo de manera gratuita, r&aacute;pida y efectiva y los empleadores resuelven sus conflictos de manera &aacute;gil, segura y a un muy bajo costo&rdquo;, agreg&oacute; Segura.<\/p>\n<p><strong>&iquest;Qu&eacute; es la OCL?<\/strong><\/p>\n<p>La sanci&oacute;n de la Ley 8990 cre&oacute; las Oficinas de Conciliaci&oacute;n Laboral, un procedimiento conciliatorio administrativo, obligatorio y gratuito. El objetivo de las mismas es la resoluci&oacute;n de conflictos r&aacute;pida y eficaz previo a la instancia judicial. Cuenta con la asistencia de un profesional id&oacute;neo (abogado conciliador), cuya misi&oacute;n es acercar a las partes y proponer soluciones que eviten la litigiosidad, resguardando los derechos de los trabajadores.<\/p>\n<p>As&iacute;, los acuerdos celebrados en esta instancia ponen fin a las pretensiones judiciales que, en el mejor de los casos, ten&iacute;an una demora promedio de 4 a&ntilde;os. Actualmente, un tr&aacute;mite iniciado ante la OCL tiene una demora promedio de 41 d&iacute;as.<\/p>\n<p><strong>Aumento en los acuerdos conciliatorios<\/strong><\/p>\n<p>Del total de reclamos ingresados y finalizados al sistema durante 2018 se conciliaron 46%. Hasta agosto de 2019, ese porcentaje se increment&oacute; sensiblemente a 48% de los casos. Es decir que, de un total de 830 reclamos mensuales ingresados desde la puesta en marcha de este sistema el 22 de noviembre de 2017, 390 no ingresan al sistema judicial. Se logra as&iacute; una gran descongesti&oacute;n de los tribunales del Trabajo y un desgaste jurisdiccional innecesario.<\/p>\n<p><strong>Incremento en la tasa de resoluci&oacute;n judicial<\/strong><\/p>\n<p>Como consecuencia de la disminuci&oacute;n de la litigiosidad, producto de los acuerdos conciliatorios logrados en el &aacute;mbito de la Subsecretar&iacute;a de Trabajo, se increment&oacute; notablemente la tasa de resoluci&oacute;n judicial. As&iacute;, se pas&oacute; de un promedio de 60% a 138% en toda la provincia, y se consigui&oacute; as&iacute; una mayor producci&oacute;n de las c&aacute;maras del Trabajo<\/p>\n<\/body><\/html>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Desde la puesta en marcha de la Oficina de Conciliaci&oacute;n Laboral, instancia administrativa y prejudicial, se produjo una reducci&oacute;n de la litigiosidad en los Tribunales del Trabajo. 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