{"id":9692,"date":"2012-03-07T00:00:00","date_gmt":"2012-03-07T00:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/prensa.wp2.mendoza.gov.ar\/?p=9692"},"modified":"2012-03-07T00:00:00","modified_gmt":"2012-03-07T00:00:00","slug":"la-secretaria-de-ambiente-y-desarrollo-sustentable-presento-una-denuncia-penal-contra-ypf","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mendoza.gov.ar\/prensa\/la-secretaria-de-ambiente-y-desarrollo-sustentable-presento-una-denuncia-penal-contra-ypf\/","title":{"rendered":"La Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable present\u00f3 una denuncia penal contra YPF"},"content":{"rendered":"<!DOCTYPE html PUBLIC \"-\/\/W3C\/\/DTD HTML 4.0 Transitional\/\/EN\" \"http:\/\/www.w3.org\/TR\/REC-html40\/loose.dtd\">\n<html><body><p>En el &aacute;rea yacimiento La Ventana pozo PB-40 se detect&oacute; en el sector aleda&ntilde;o al pozo la presencia de una ex pileta (pileta de alojamiento de fluidos y lodos de perforaci&oacute;n y petr&oacute;leo recuperado de pistoneo. Para antiguos yacimientos explotados con tecnolog&iacute;a sin locaci&oacute;n seca), esta pileta se encontraba oculta. Esta irregularidad, que constituye un pasivo ambiental no ha sido declarada en el Informe Ambiental 2008 ni en el informe de Situaci&oacute;n 2011 y tampoco en anteriores. Esta misma situaci&oacute;n y la presencia de ex piletas no saneadas ni declaradas se verifica tambi&eacute;n en las locaciones de los pozos PB-17 y ECP-57.<\/p>\n\n<p>En el yacimiento La Ventana: Se observan en varias zonas ca&ntilde;er&iacute;as en desuso, estas en general han sido reemplazadas por otras sin darle una disposici&oacute;n. Estas ca&ntilde;er&iacute;as tendr&iacute;an que haber sido relevadas e informadas en el Informe Ambiental 2008 como pasivos ambientales. Cabe mencionar que en los casos donde la ca&ntilde;er&iacute;a trasportaba hidrocarburo, en d&iacute;as de calor fluye por las ca&ntilde;er&iacute;as en desuso provocando charcos de hidrocarburos.<\/p>\n<p>En el mismo yacimiento de la Ventana se encontr&oacute; una pileta de emergencia que la empresa no ha declarado como pasivo ambiental en el informe de situaci&oacute;n 2011. Esta pileta se encuentra a un 1\/3 de su capacidad con barros empetrolados.<\/p>\n<p>Tambi&eacute;n en el mismo yacimiento la pileta de emergencia 4VM se encuentra al 50 % de su capacidad m&aacute;xima, esta pileta incumple con la legislaci&oacute;n vigente respecto al uso y no posee una protecci&oacute;n avifauna apropiada.<\/p>\n<p>En pileta 2VM del yacimiento La Ventana, al momento de la inspecci&oacute;n esta se encontraba al m&aacute;ximo de su capacidad, no se advierten trabajos de remediaci&oacute;n, sin perjuicio de que se observ&oacute; el vuelco de tierra, y conforme a las facultades de la Direcci&oacute;n de Protecci&oacute;n Ambiental se procedi&oacute; a la clausura de la misma.<\/p>\n<p>A 50 mts. al sur de la bater&iacute;a La Ventana se observ&oacute; la presencia de ca&ntilde;er&iacute;as, tanques y trapos empetrolados que no fueron declarados en el informe ambiental 2008 ni en el Informe de Situaci&oacute;n del a&ntilde;o 2011.<\/p>\n<p>Sector de rezagos y almacenes del &aacute;rea Barrancas. En esa oportunidad se constat&oacute; que la zona no cuenta con cerco perimetral, encontr&aacute;ndose gran cantidad de trapos, filtros, ca&ntilde;os, tanques, y otros elementos que est&aacute;n contaminados con hidrocarburos y que los convierten en residuos peligrosos.<\/p>\n<p>Cabe destacar que el Decreto 170\/08 en su art&iacute;culo 9&ordm; establece que las empresas de exploraci&oacute;n y explotaci&oacute;n de hidrocarburos que actualmente desarrollan su actividad en el territorio de la provincia, deber&aacute;n presentar el informe ambiental 2008 a modo de evaluaci&oacute;n ambiental de la actividad, el cual reemplazar&aacute; por &uacute;nica vez el informe de situaci&oacute;n. Sobre esto La Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable inform&oacute; que los pasivos mencionadas en la denuncia no fueron declarados por la empresa en el Informe Ambiental 2008 ni en los sucesivos informes de situaci&oacute;n.<\/p>\n<p>A su vez el 1547\/2010 incluy&oacute; entre las condiciones m&iacute;nimas a cumplir por los concesionarios de explotaci&oacute;n de &aacute;reas hidrocarburiferas la remediaci&oacute;n de los pasivos ambientales que surgieren de la evaluaci&oacute;n del informe ambiental 2008, complementario a lo se&ntilde;alado por Decreto 3089\/10 se dispuso que se deber&aacute;n presentar y ejecutar un plan de remediaci&oacute;n de pasivos que logren una reparaci&oacute;n y restituci&oacute;n de las condiciones f&iacute;sicas y qu&iacute;micas originales de los lugares afectados.<\/p>\n<p>Sin perjuicio de la denuncia penal presentada ante la justicia, La Secretar&iacute;a de Ambiente y Desarrollo Sustentable continuar&aacute; con las actuaciones administrativas por las cuales, la Direcci&oacute;n de Protecci&oacute;n Ambiental requerir&aacute; a la empresa concesionaria un informe sobre la totalidad de los pasivos ambientales de las zonas a su cargo en toda la provincia, un plan de remediaci&oacute;n de dichos pasivos ambientales, la aplicaci&oacute;n de las multas que correspondan y la ratificaci&oacute;n de la clausura de la pileta de mezclado.<\/p>\n<\/body><\/html>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"En el &aacute;rea yacimiento La Ventana pozo PB-40 se detect&oacute; en el sector aleda&ntilde;o al pozo la presencia de una ex pileta (pileta de alojamiento de fluidos y lodos de perforaci&oacute;n y petr&oacute;leo recuperado de pistoneo. 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