Seguridad Vial: el proyecto de ley contempla educación sistémica, mayor seguridad y más agentes de control


El proyecto de ley de Seguridad Vial tiene media sanción de senadores y se encuentra a la espera de la sanción de diputados. Por ello, sus autores concurrieron a la Legislatura a aclarar las dudas que surgieron entre los legisladores.

El titular de Seguridad Vial de la Provincia, Oscar Hómola presentó la iniciativa explicando que fue concebida pensando en que “La libertad de tránsito es la regla, ya que el derecho de tránsito es constitucional. La excepción es la infracción, por lo tanto, ni la licencia ni el vehículo pueden ser retenidos por la autoridad”.

Lo que hace este proyecto de ley es, fundamentalmente  modificar la antigua ley que es de 1993 y ha sufrido innumerables modificaciones y parches que, con el tiempo, han ido desacomodando todo el articulado y la concepción integral de lo que debería ser una ley.

“Es necesario un cambio, por ello pensamos en ordenarla metodológicamente y adecuarla a los tiempos actuales. El primer objetivo fue formular una ley, ya no de tránsito, sino de seguridad vial, que es una visión mucho más completa”.

¿Cuáles son los puntos que destacaría de este proyecto de ley de Seguridad Vial provincial?

El proyecto introduce los conceptos de seguridad vial y de movilidad segura. Contempla a todos los actores de la vía pública entonces, por ejemplo, se incorpora al peatón como usuario de la vía pública y que la ley antigua no contemplaba.

En el proyecto, el peatón es sujeto de derecho, como el más vulnerable,  pero también tiene obligaciones que debe cumplir en su tránsito por la vía pública, también aparece el ciclista, con la misma mirada.

Esto también es porque existe el deseo de que la movilidad sea por medios híbridos que no produzca contaminación ambiental y por ello se incentiva el uso de la bicicleta. Este proyecto también busca repensar los modos de contaminación que se producen desde los distintos vehículos que están circulando por la vía pública

Procurar el traslado saludable, sería el eje que nos llevó a repensar una ley de forma más avanzada y abarcativa.

La Educación Vial aparece como un factor constante…

El proyecto introduce un cambio de paradigma, el de la Educación Vial, como una materia, no como un tema a tratar. Hasta hoy, los docentes tomaban un tema como contenido transversal, con buena voluntad y elegía temas específicos, según su criterio para que los chicos reflexionaran sobre su importancia.

Con esta nueva normativa se buscará que, desde que comienza la escolarización hasta que termina la educación secundaria, se acompañe al niño y al joven, educandolo de manera sistémica.

Es decir, educarlo hasta el momento en que se va a sacar el carnet.

¿Suma actores de control el proyecto?

Sí, suma actores o agentes de control al actual sistema. La ley vigente invitaba a los municipios a adherirse y crear sus propios cuerpos municipales de tránsito.

Con la propuesta presentada vamos a cumplir con lo que dice la constitución, que es que el municipio tenga a cargo las vialidades.

Esto se va a hacer de acuerdo a un cronograma establecido para la implementación. El plazo va desde la promulgación de la ley hasta el año siguiente, para que los municipios que no tienen ninguna dependencia referida al tránsito, puedan adaptarse.

Estas instancias municipales se van a dedicar a las problemáticas de circulación y los problemas que esta ocasiona, tanto a las infracciones como los choques. El municipio se encargará de las situaciones en las que haya daños materiales y lesiones.

De esta manera el procedimiento, luego de un choque va a ser más rápido porque el cuerpo se va a dividir por departamento.

Hoy todo el Gran Mendoza, incluyendo Lavalle es atendido por el mismo equipo, que cubre todos los hechos, no sólo los accidentes de tránsito sino todo tipo de delitos y esto provocan grandes demoras.

Con esta distribución se podrá administrar mejor los recursos:  el municipio va a atender el tránsito y la gente de seguridad, que hoy está mal ocupada, va a seguir prestando sus servicios de seguridad y llamadas de auxilio. Con esto se suma más actores en la prevención, los municipales y en la seguridad integral

Los móviles se detienen un tiempo para asistir accidentes viales cuando deberían estar haciendo otra cosa, controlando y patrullando. Esto viene a traer soluciones, vale la pena el cambio, es un cambio de paradigma.

De todas maneras se va a seguir llamando al 911, cuando haya un choque, pero va a ser derivado a la municipalidad.

¿Qué cambios se introducen en cuanto al modo de circular?

Los menores de 12 años no pueden  viajar adelante, eso continúa igual. Los ocupantes deberán ser tantos como los cinturones de seguridad haya en la parte posterior.

Es decir que a partir de que se sancione la nueva ley todos los ocupantes deberán llevar cinturón de seguridad colocado y abrochado.

Esta medida salva vidas y como hoy no es obligatorio, el uso en la parte trasera, no se puede actuar en ese campo.

En el proyecto aparecen las sillas de protección infantil que deberán ir bien colocadas, abrochadas y deberá tratarse de sillines homologados.

En cuanto a las mascotas, deberán viajar en asientos posteriores con la seguridad correspondiente, es decir arneses de sujeción o cajas de traslado.  Esto es porque un perro que viaja suelto, por ejemplo, produce desatención y si pesa unos 20 kg, por ejemplo puede ocasionar un daño grande ante un accidente.

¿Y en cuanto a las bicicletas?

La bicicleta es tomada como un objeto con obligaciones a cumplir en relación a la circulación.Es sujeto de la Ley de Tránsito, un usuario de la vía publica, que va a tener derechos y más aún como se alienta su uso por lo que es amigable con el ambiente.

Todo ciclista va a tener que llevar su casco homologado.

Las motos también deberán cumplir con ese requisito y además deberán llevar la cantidad de usuarios para los que fue fabricada.

¿Qué pasa con los vehículos de tracción animal?

Se prohíbe la tracción animal en todas las zonas urbanas. No sólo por la protección del animal sino por una cuestión de seguridad en general. Estos vehículos son, en muchos casos, protagonistas de choques y accidentes.

Sólo se autorizará su uso para ciertos eventos como Vendimias, fiestas departamentales y tradicionales.

¿Qué pasa con  la velocidad?

Se adaptan a lo que pide la Ong Luchemos por la Vida, como ya lo estamos observando en la actualidad, así es que no se presenta ningún tipo de cambio.

¿Crea nuevas instituciones el proyecto?

La ley actual contemplaba un Comité de Tránsito, Transporte y Seguridad integrado por distintos actores municipios y ong. Nunca se conformó como debía ser. Sólo hay siete resoluciones en estos años. El objetivo por el cual se creó el organismo, no se cumplió

Hoy lo absorbió la unidad Ejecutiva de Seguridad Vial dependiente de Servicios Públicos de la Gobernación para darle más gestión.

La próxima ley crea el Observatorio Provincial de Seguridad Vial para unificar estadísticas.

A la vez, se crea el Consejo Provincial de Seguridad Vial. Este pone al municipio como un actor, a través de un representante. El órgano se encargaría de:

  • Elaborar y diseñar políticas
  • Coordinar con los municipios lo inherente al transito
  • Participa en la elaboración del plan anual que deberá ser integral

Estaría conformado, además por el Poder Judicial, Registro Civil, Ministerio de Salud y Ministerio de Seguridad y Legislatura.

 

¿Cuáles son las sanciones de la nueva ley?

La nueva ley está ordenada para que sea entendible y en un mismo capítulo, están ordenadas las prohibiciones y las consecuencias de infringir esas prohibiciones, lo que hasta ayer era muy difícil por el desorden que tiene la ley en vigencia.

Se faculta a los jueces administrativos a imponer la inhabilitación temporal o definitiva, de acuerdo a la reincidencia y a los agravantes o las particularidades del hecho, según lo decida.

Hoy, un infractor consuetudinario, que choca todas las semanas, sólo es sancionado con una multa. Paga la multa y no tiene corrección

Con la nueva ley en vigencia, el juez puede sancionarlo e inhabilitarlo, también puede imponer trabajo comunitario, que obviamente, estará relacionado con la Seguridad Vial, según como se reglamente y cuáles serían los lugares más aptos para que se reeduque.

Además de la multa, la inhabilitación y el trabajo comunitario, el infractor puede ser enviado a asistir a cursos relacionados con la Seguridad Vial. Hoy, sólo se puede aplicar multas. Nada más, aunque sume antecedentes.

Y entonces ¿no se podrán retener más el carnet o el vehículo?

En la ley actual, cualquier falta grave puede provocar la retención del vehículo o del carnet. Esto significa en el 90% de los casos.

No hay faltas leves en la ley actual. Las leves son las que nos están establecida

La ley en espera de ser aprobada sólo considera la retención de licencia en 5 casos:

  1. Si caducó su término de vigencia.
  2. Cuando el carnet no coincida con el vehículo que está conduciendo ( un particular conduciendo un transporte de carga, por ejemplo)
  3. Cuando se presume que está falseada o alterada
  4. Cuando estén evidentemente disminuidas las capacidad psicofísicas del conductor.
  5. Cuando no estén actualizados los datos como corresponde.

El vehículo se va a retener cuando no esté en condiciones documentales o en condiciones técnicas y de seguridad para circular.

Licencia de conducir

La nueva ley va a adherir a la Ley Nacional pura y exclusivamente a lo relacionado con la licencia de conducir, porque ya tenemos en la provincia la Licencia Nacional Única. Los centros de emisión  ya están en todos los municipios. Esta metodología no está implementada por ley sino por convenio, nosotros pretendemos que sea ley para que tenga mayor fuerza.

La provincia delega en los municipios la expedición de la licencia sigue manteniendo sus facultades, pero se adhiere a los requisitos y condiciones de la ley nacional sólo en el articulado referido a la licencia de conducir.

Con algunas reservas, como la edad de los conductores ya que en la nacional, es a partir de los 17, acá sigue siendo a los 18 y para los profesionales, insistimos que debe ser a los 21.

Sabemos que hay alguna novedad en relación al juzgamiento de las infracciones

En cuanto al juzgamiento, esto es más técnico jurídico, pero va a ser mucho más rápida la resolución del tema.

Habrá oralidad en las audiencias de manera tal que la persona que comete una infracción o tiene un choque va a ser notificada sobre la fecha y hora de la audiencia en el momento de producirse el acta.

Se citará a los involucrados el 5to. día hábil posterior a hecho en el horario que el tribunal designe.

El estado ya no producirá las pruebas de descargo sino que será el involucrado, a través de testimonios, documentos, fotos o filmaciones quien aporte las pruebas.

Esto acelerará los tiempos y la resolución no superará los 15 días.

Las notificaciones van a realizarse por whatsapp, correo electrónico o cualquier medio digital lo que sirve para evitar el desgaste del estado y se ahorrarán recursos. Sólo se le va a notificar con papel al que tiene que pagar la multa.

Otra novedad es que va a existir un formulario único de acta de infracción y de choque, para que manejen todos los departamentos.

¿Qué va a pasar con la acreditación del seguro?

Básicamente lo que quiere la autoridad es que los conductores tengan una cobertura del 100% del seguro, que esté asegurada.

Actualmente, todos los conductores tienen que acreditar con el comprobante, mes a mes el pago del seguro. La póliza, a través del carnet que otorga la aseguradora acredita un plazo de 6 o 12 meses, de seguro, pero si la persona no paga, no está cubierta y de todas formas tiene que portar el comprobante papel mes a mes.

A partir de la nueva ley, el pago del seguro podrá ser acreditado, de cualquier forma digital, con fotos, capturas de pantalla, correo electrónico, foto del extracto. Todos estos servirán como medio de acreditación de pago del seguro.

¿Qué pasará con los autos que sean retenidos?

Las playas de secuestro hoy son unas inmensas moles de chatarra y de contaminación. El proyecto establece taxativamente que una vez recibido un vehículo, transcurridos 6 meses y si la persona no ha demostrado interés en recuperar el automóvil, el Estado Provincial podrá disponer del objeto.

Si concluido el plazo, el vehículo está en condición de uso, puede ser afectado a tareas inherentes de Seguridad Vial, con una identificación que aclare esta situación o ser destinado a un bien social, a escuelas, centros de salud. Esto impedirá que los vehículos queden tirados o expuestos a robo o vandalismo.

Con las bicicletas sucederá lo mismo, también serán destinadas a escuelas de zonas rurales para que las utilicen los chicos que la necesitan.

En caso en que no estén en condiciones, se puede ir rematando y sino se descontamina se comprimen y se hacen chatarra y el estado recibe beneficio de esas operaciones.

Por supuesto que esto se aplicará a partir de la fecha de sanción de la ley.

¿Qué pasa con el conductor, hay algunas modificaciones sobre lo que se le exigirá? ¿Deberá cumplir con más requisitos?

Al ciudadano no le cambia para nada lo que hoy le resulta exigible.

Se le pide tener el vehículo en condiciones, la documentación en condiciones.

Sí se agiliza las condiciones de acreditación del pago de seguro.

¿Qué pasará con los cuerpos municipales de Seguridad Vial?

En la nueva ley, aparecen los cuerpos municipales en Seguridad Vial.

En todos los choques, excepto en los que ocurran fallecimientos, van a asistir los agentes municipales, con acta común y registro por fotografía, que pueden ser tomadas con celular y enviadas por correo electrónico.

Desaparece el papel. Sólo hay papel para comprobante de pago

Esto imprime mayor rapidez en los trámites de choque, tanto en el momento del accidente, cuando se produce el choque, como el día de la audiencia y en el tiempo en el que se obtiene el fallo.

La implementación de estos cuerpos no le demandarán mucho  esfuerzo a los municipios dado que la capacitación estará a cargo del Gobierno de la Provincia, a través del Ministerio de Seguridad y el Instituto de Seguridad Pública y el Poder Judicial.

Será para todas las personas que se presenten desde los municipios.

La policía vial va a seguir acompañando a los nuevos agentes hasta que se profesionalicen y adquieran práctica, por una cuestión de prevención.