Categoría B

Consultores Ambientales. Personas humanas o jurídicas

Está compuesta por profesionales independientes o personas jurídicas que deseen inscribirse en calidad CONSULTORES AMBIENTALES encargados de la realización de estudios ambientales, y será condición necesaria la inscripción en el presente registro para poder presentar un EIA en cualquier dependencia de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial.

El referido registro de Consultores y Centros de Investigación se organizará hacia el interior, además de lo señalado en los artículos 2º y 3º de la presente norma, por las categorías descritas en el Anexo I de la Ley 5961.

Los interesados en inscribirse en el registro deberán acreditar la siguiente documentación, que deberá ser firmada de forma ológrafa o con firma digital (debidamente avalada por la ONTI) y adjuntada al Formulario de Inscripción.

  1. EN CASO DE TRATARSE DE UNA PERSONA JURÍDICA DEBERÁ INSCRIBIRSE BAJO LA CATEGORÍA FIRMA CONSULTORA

    a) Constancia que acredite personería jurídica de conformidad con la legislación nacional y provincial, acompañando constancia de CUIT, domicilio legal en la Provincia de Mendoza y domicilio electrónico

    b) Documento constitutivo, sus modificaciones y acta de designación de autoridad vigente; de donde surja que su objeto social se encuentra vinculado a la materia ambiental y que la representación social se encuentra debidamente ejercida.

    c) DNI y CUIT del representante legal designado.

    d) Resumen de experiencia en materia ambiental (Estudios de Impacto Ambiental, diagnóstico ambiental, etc.).

    e) Acreditación de incumbencia profesional de los asesores técnicos de la firma.

    f) Antecedentes de la institución y de los profesionales en materia de Evaluación de Impacto Ambiental.

    g) Formulario de inscripción completo que se encuentra a continuación

    h) Comprobante de pago de la tasa.

  1. EN CASO DE TRATARSE DE UNA PERSONA HUMANA DEBERÁ INSCRIBIRSE BAJO LA CATEGORÍA DE CONSULTOR INDIVIDUAL

    Los interesados en inscribirse en el registro deberán acreditar la siguiente documentación, que deberá ser firmada de forma ológrafa o con firma digital (debidamente avalada por la ONTI) y subida al portal web www.ambiente.mendoza.gov.ar/registroconsultores

    a) Título/s terciario o universitario de grado y/o posgrado, debidamente legalizado por el Ministerio de Educación, cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación conforme la Resolución Conjunta N° 1/17. Los Títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados a nivel nacional de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Nación.

    b) Currículum Vitae actualizado.

    c) Constancia de incumbencias profesionales.
    El profesional graduado de una carrera que no prevea incumbencias ambientales, para poder inscribirse deberá acreditar, en su Currículum Vitae, antecedentes profesionales en materia ambiental (participación en grupos interdisciplinarios de Estudios de Impacto Ambiental, de diagnóstico ambiental, etc.), indicando rol y tareas desempeñadas en cada caso.

    d) Comprobante de pago de la tasa.