Preguntas Frecuentes

Proceso de actualización del ordenamiento territorial de bosques nativos (OTBN)  de la provincia de Mendoza

1) ¿Qué es un OTBN y por qué es necesaria su actualización?

El ordenamiento ambiental del territorio (OAT) es uno de los instrumentos de la política y la gestión ambiental establecidos por la Ley General del Ambiente 25.675 (nacional). Se trata de una herramienta que le permite al Estado provincial realizar una efectiva integración de las variables ambientales, sociales y económicas para el desarrollo sostenible. 

En el caso de los bosques nativos, el OTBN se desarrolla de acuerdo a lo establecido por la Ley 8.195 (provincial) y en consonancia con la Ley de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos 26.331 (nacional).

La Ley 26.331 establece este instrumento para garantizar el enriquecimiento, la restauración, la conservación, el aprovechamiento y el manejo sostenible de los bosques nativos en todo el país. En su artículo 4° define al OTBN como la norma que basada en los criterios de sostenibilidad ambiental (enumerados en el anexo de la ley) zonifica territorialmente el área de los bosques nativos existentes en cada jurisdicción de acuerdo a las diferentes categorías de conservación:

– Categoría I (rojo): sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse. Incluirá áreas que, por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica.

– Categoría II (amarillo): sectores de mediano valor de conservación, que pueden estar degradados pero que a juicio de la autoridad de aplicación jurisdiccional con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación y que podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.

– Categoría III (verde): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, aunque dentro de los criterios de la presente ley.

La Ley 8.195 complementó a la norma nacional con Criterios de Ponderación e Indicadores de Sustentabilidad (Art. 5) y dio marco al OTBN hasta hoy vigente en la provincia.

Según lo establecido por la Ley 26.331 el OTBN debe ser actualizado de forma periódica por cada jurisdicción (Art. 6). La actualización del OTBN es un requerimiento de la normativa que permite realizar una evaluación periódica de la situación de los bosques nativos en cada jurisdicción, que facilite la efectiva intervención del Estado en el cumplimiento de los objetivos de conservación y uso sostenible. 

 2) ¿La provincia de Mendoza ya tiene su propio OTBN?

Sí, la provincia de Mendoza ya cuenta con un OTBN que fue realizado y aprobado por la Legislatura provincial en el año 2010, y figura como anexo de la Ley 8.195. Es este mismo OTBN el que será actualizado a partir de la nueva información que se recabe en el proceso que llevará adelante el gobierno provincial con la participación de organismos técnicos y los diferentes sectores de la sociedad civil.

 3) ¿En qué consiste el proceso de actualización?

Ver el documento: Hoja de Ruta

 4) ¿Cuáles serán las instancias de participación para la comunidad?

Ver el documento: Hoja de Ruta 

 5) ¿Cuáles son los requisitos para la participación pública?

Ver documento: Requisitos para la participación

6) ¿El OTBN será tratado por la Legislatura provincial?

Sí, el OTBN final (una vez atravesado todo el proceso) será enviado por el Poder Ejecutivo provincial a la Legislatura para su tratamiento y aprobación.

7) ¿En qué plazo se llevará a cabo el proceso de actualización del OTBN?

El proceso de actualización del OTBN se realizará durante el año 2023. Cada una de las instancias de este proceso será informada por los canales de comunicación de la Dirección de Recursos Naturales, de la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial del Gobierno de la provincia.

 8) ¿Cómo puedo acceder a más información?

Podrás acceder a más información enviando tus consultas a la casilla de correo electrónico ordenamientobosques@mendoza.gov.ar o ingresando al sitio  https://www.mendoza.gov.ar/areasprotegidas/ordenamientobosquesnativos