5) * Rotulación Frontal: Fecha de inicio 15-07-2022 – * Herramientas y Capacitaciones – * Implementación de la Ley de Promoción de la Alimentación Saludable – Ley Nº 27642 –


ATENCIÓN
INFORMACIÓN IMPORTANTE

“IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY DE PROMOCIÓN DE LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE” LEY Nº 27642
Disposición ANMAT N° 2673/22 BO 11/04/22

¿Qué procedimientos debo realizar ante la Jurisdicción?

● EL PRODUCTO ES NUEVO Y AÚN NO SE ENCUENTRA AUTORIZADO Y EN EL MERCADO:

DECLARACIÓN JURADA DE NUTRIENTES CRÍTICOS, EDULCORANTES Y CAFEÍNA ante la ANMAT (de acuerdo a los plazos establecidos por la ley según tipo de empresa) (click aquí para acceder: https://sellos.anmat.gob.ar/Home).

Solicitud de autorización sanitaria, RNPA, ante SIFeGA, en cumplimiento al Código Alimentario Argentino.

● EL PRODUCTO YA ESTÁ AUTORIZADO Y EN EL MERCADO:

PRODUCTOS QUE SÓLO DEBAN ADECUAR SUS RÓTULOS

  1. DECLARACIÓN JURADA DE NUTRIENTES CRÍTICOS, EDULCORANTES Y CAFEÍNA ante la ANMAT (de acuerdo a los plazos establecidos por la ley según tipo de empresa) en su sitio web (click aquí para acceder: https://sellos.anmat.gob.ar/Home).
  2. Realizar la notificación ante SIFeGA cuando corresponda la reinscripción de las autorizaciones de acuerdo la vigencia de los correspondientes registros.

PRODUCTOS QUE ADECUEN SU COMPOSICIÓN Y RÓTULOS

  1. DECLARACIÓN JURADA DE NUTRIENTES CRÍTICOS, EDULCORANTES Y CAFEÍNA ante la ANMAT (de acuerdo a los plazos establecidos por la ley según tipo de empresa) en su sitio web (click aquí para acceder: https://sellos.anmat.gob.ar/Home).
  2. Realizar la notificación de la modificación de las autorizaciones ante SIFeGA de adecuación de la composición y rótulo de acuerdo con el análisis del perfil de nutrientes

● PRODUCTOS NO ALCANZADOS POR LA DECLARACIÓN DE ROTULADO FRONTAL QUE SÓLO DEBAN ADECUAR SUS RÓTULOS CON LA DECLARACIÓN DE AZÚCARES TOTALES Y AZÚCARES AÑADIDOS:

  1. Cumplimentar lo determinado por el artículo 8° del ANEXO I del Decreto N° 151/22 en relación a la declaración de azúcares totales y azúcares añadidos en la tabla de información nutricional, antes que concluya el cronograma de implementación establecido por el Decreto N°151/22.
  2. Realizar la notificación ante SIFeGA cuando corresponda la REINSCRIPCIÓN/MODIFICACIÓN de las autorizaciones de acuerdo la vigencia de los correspondientes registros.

Para mayor información puede ingresar a los siguientes link de la página de INAL:

 Ministerio de Salud. ANMAT. Preguntas frecuentes Sellos y advertencias. Disponible en:

https://www.argentina.gob.ar/anmat/regulados/alimentos/sifega/preguntas-frecuentes-sellos-y-advertencias

 Ministerio de Salud. ANMAT. Preguntas frecuentes Sellos y advertencias. Disponible en:
https://sellos.anmat.gob.ar/Home

 Ministerio de Salud. ANMAT. INAL. Sistema de sellos y advertencias nutricionales. Calculadora disponible en:

https://sellos.anmat.gob.ar/Calculadora

Ante otras consultas: sellos@anmat.gob.ar