Conozca cómo tramitar su partida en forma online (Partidas digitales)
A continuación, sepa cómo resolver el trámite de partidas en formato papel.
Fundamento Legal: Ley Nº 26413
Requisitos según el lugar donde será presentado:
- Si es requerida para realizar trámites de DNI, ANSES, Educación o Leyes Sociales debe presentarse el Código Tributario Nº 221.
- Para realizar otro tipo de trámite deben presentarse los Códigos Tributarios Nº221 y Nº224.
- En todos los casos es necesario el Documento Nacional de Identidad.
Dónde solicitar las actas
En cualquier oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Quién puede realizar el trámite
La persona interesada o un familiar que acredite el vínculo. También puede hacerlo un abogado o escribano con su credencial.
ACTA DE NACIMIENTO, MATRIMONIO, UNIÓN CONVIVENCIAL O DEFUNCIÓN
Costo:
- 540 Código Tributario N° 221
- 1490 Código Tributario N° 224
Oficinas donde realizar este trámite
Tener en cuenta: los códigos tributarios pueden adquirirse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio.
La partida puede solicitarse en cualquier oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.