Aumento de capital (SA y SCA)

Personas Jurídicas

SA y SCA: Aumento de Capital.

Fundamento Legal: Resolución Nº 546/2005, Resolución Nº 1248/2009 y Resolución Nº 735/2009

Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas informadas para la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad.

La inscripción del aumento de capital social es para los casos previstos en el art. 188 de la Ley 19550 (t.o.1984).

Requisitos

Los interesados deberán presentar ante la Dirección de Personas Jurídicas la siguiente documentación:
  • Formulario de presentación de trámites según Resolución 2400/15.
  • Precarga del trámite en el sistema trámites de la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Mendoza www.tramites.dpj.mendoza.gov.ar
  • Copia del acta del órgano de administración que convoca a asamblea con certificación notarial que acredite número de libro, fecha de su rubricación y fojas del mismo donde obra dicha acta.
  • Acreditación de las publicaciones exigidas por la Ley:
    • de convocatoria a la asamblea
    • de la resolución de la asamblea conforme art. 188 L.S.
    • del ofrecimiento por derecho de preferencia previsto en el art. 194 L.S., en caso de corresponder.
  •  Copia del acta de la asamblea que aprobó el aumento con certificación notarial que acredite número de libro, fecha de su rubricación y fojas del mismo, donde obra dicha acta.
  • Copia de planillas de registro de asistencia a asamblea con certificación notarial que acredite número de libro, fecha de rubricación y fojas.del mismo, donde obran dichas planillas.
  • Declaración jurada del Presidente del Directorio manifestando que el legajo de la sociedad obrante en la Dirección de Personas Jurídicas, se encuentra en estado regular, a saber con los balances realizados conforme a las normas técnicas contables vigentes y presentados conforme a lo dispuesto en los términos del art. 67, 2º párrafo de la Ley 19550 (t.o.1984), incluyendo hasta el correspondiente al último ejercicio inmediato anterior al aumento.
  • Declaración jurada del Presidente del Directorio en la que conste que las suscripciones anteriores cuyo plazo para la integración se encuentran vencidos, ya sean provenientes de la constitución de la sociedad o de anteriores aumentos de capital, han sido efectivamente integradas.
  • Declaraciones Juradas según lo establecido en Resol. 1700/2022 D.P.J.
    (Beneficiario Final, Persona Expuesta Políticamente y, de corresponder, Origen y Licitud de Fondos y Bienes).
  • Certificación contable de la registración del capital social aumentado con detalle de número y tipo de libro, fecha de rubricación, fs, y demás detalles de los asientos contables relativos al capital aumentado identificando la fecha de los mismos.
  • Tasa retributiva de servicios Cód. 241.
AUMENTO DE CAPITAL – SA Y SCA

Costo:
- 74980 Código Tributario N° 241
Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio