Cambio de jurisdicción (SNA)

Personas Jurídicas

Sociedad No Accionaria: Cambio de Jurisdicción

Fundamento Legal: Ley Nº 19550 y Ley Nº 8523

Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas informadas para la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad.

Requisitos

  • Nota solicitando el trámite e inscripción del Cambio de Jurisdicción.
  • Copia certificada del libro del acta de reunión de socios donde se decide el cambio de jurisdicción con la designación del nuevo domicilio social.
  • Certificado de vigencia de la Sociedad.
  • Designación del nuevo Gerente, quien deberá constituir domicilio en la Provincia de Mendoza.
  • Publicación edictal por un día en el boletín oficial.
  • Tasa retributiva de servicio correspondiente cód 242.
CAMBIO DE JURISDICCIÓN – SOCIEDAD NO ACCIONARIA
Costo:

- 74980 Código Tributario N° 241

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio