Certificado de vigencia (AC)

Personas Jurídicas

Asociación Civil - Certificado de Vigencia.

Fundamento Legal: Resolución Nº 1300/2013, Resolución Nº 1301/2013, Resolución Nº 1399/2013

Requisitos

Para solicitar Certificado de vigencia de una Asociación Civil la Entidad deberá presentar, conforme a resolución 2300/2015:

  • Nota solicitando la certificación, la misma deberá estar firmada por autoridad competente.
  • Tasa retributiva correspondiente.
      • Asociación Civil de Primer Grado: Código 489
      • Asociación Civil de Segundo Grado: Código 824
      • Asociación Civil de Tercer Grado: Código 846
CERTIFICADO DE VIGENCIA (AC)

Costo:
- 8450 Código Tributario N° 489

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio