Certificados oficiales

Registro Civil y Capacidad de las Personas

Fundamento Legal: Decreto Nº 918/98, Resolución Nº 1030/2007

Certificados de residencia, convivencia, de familiar o persona a cargo, de situación previsional, de situación familiar, de situación de vivienda, por documentos extraviados, de permanencia y certificación y/o autenticación de copias, fotocopias y/o firmas.

También podés tramitar tu Certificado Único de Sostén de Familia haciendo clic aquí.

 

Requisitos
  • DNI original y fotocopia
  • Para obtener el certificado de convivencia, los interesados  (convivientes) deberán asistir con dos testigos mayores de 18 años con DNI (original y fotocopia) que certifiquen la veracidad de la declaración.
  • Aclaración: el resto de los certificados oficiales NO requiere la presencia de testigos, excepto que el o los solicitantes no cuenten con DNI.
  • Código Tributario Nº 228

 

 
¿Dónde realizar el trámite?

En cualquier oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. Con turno.

 
Observaciones

Para los certificados de convivencia será siempre necesaria la presencia de ambos convivientes (no es suficiente la declaración de solo uno de ellos).

No se certifican firmas en instrumentos privados de carácter contractual (compraventa, locaciones, u otros), ni en declaraciones juradas o formularios oficiales de organismos nacionales, provinciales o municipales.

En cambio, sí se certifican documentos de carácter provisional como ANSES y PAMI, siempre que el interesado se encuentre físicamente imposibilitado de trasladarse.

El Registro Civil no certifica fotocopias de Actas o de Certificados de Nacimiento, Matrimonio o Defunción.

CERTIFICADOS OFICIALES
Costo: $2080 - Código Tributario 228

Oficinas donde realizar este trámite

Para sacar el turno: ingresar acá.

Tener en cuenta: los códigos tributarios pueden adquirirse en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio.