Extravío de libros – Solicitud de reemplazo (Fundaciones)

Personas Jurídicas

Fundaciones: Extravío de Libros – Solicitud de Reemplazo

Fundamento Legal: LS 19550

Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas informadas para la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad.

Requisitos
Ante el extravío de los libros rubricados de la Entidad, se deberá solicitar su reemplazo. Para este trámite deberá acompañar:
  • Denuncia policial, Denuncia en Registro Civil ó Declaración Jurada del PRESIDENTE, donde conste el extravío de libros.
  • Tasa retributiva correspondiente, código 254.
  • Libros para rubricar (reemplazos). En cada libro deberá indicarse en la contratapa con Lápiz: Nombre de la Entidad, Fojas, Uso que se le dará al libro o Nomenclatura.
EXTRAVÍO DE LIBROS – SOLICITUD DE REEMPLAZO – FUNDACIONES

Costo:
- 31690 Código Tributario N° 254

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio