Requisitos
Para solicitar la Rúbrica por extravío de librosde una Asociación Civil la Entidad deberá presentar, conforme a resolución 2300/2015:
- Denuncia policial, Denuncia en Registro Civil ó Declaración Jurada del Presidente, donde conste el extravío de libros.
- Libros para rubricar (reemplazos). En cada libro deberá indicarse en la contratapa con Lápiz: Nombre de la Entidad, Fojas, Uso que se le dará al libro o Nomenclatura.
- Tasa retributiva correspondiente. Código 482.
EXTRAVÍO DE LIBROS – SOLICITUD DE REEMPLAZO (AC)
Costo: - 21120 Código Tributario N° 482
Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio