Extravío de libros – Solicitud de reemplazo (AC)

Personas Jurídicas

Asociación Civil: Extravío de Libros – Solicitud de Reemplazo.

Fundamento Legal: LS 19550

Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas informadas para la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad.

Requisitos

Para solicitar la Rúbrica por extravío de librosde una Asociación Civil la Entidad deberá presentar, conforme a resolución 2300/2015:

  • Denuncia policial, Denuncia en Registro Civil ó Declaración Jurada del Presidente, donde conste el extravío de libros.
  • Libros para rubricar (reemplazos). En cada libro deberá indicarse en la contratapa con Lápiz: Nombre de la Entidad, Fojas, Uso que se le dará al libro o Nomenclatura.
  • Tasa retributiva correspondiente. Código 482.
EXTRAVÍO DE LIBROS – SOLICITUD DE REEMPLAZO (AC)

Costo:
- 21120 Código Tributario N° 482

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio