Inscripción filial (Fundaciones)

Personas Jurídicas

Fundaciones: Inscripción Filial

Fundamento Legal: Ley Nº 9002, Resol 743/2020, 750/2020, 875/2020,  2200/2020

Requisitos
Para solicitar la inscripción de filial de una Fundación, , deberá presentarse en forma escaneada toda la documentación, en un solo ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas formadas para  la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde administrado/a INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN  LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad, a la cual pertenece.
  • Formulario de presentación de trámite conforme modelo de la Dirección de Personas Jurídicas.
  • Precarga del trámite en el sistema trámites de la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Mendoza www.tramites.dpj.mendoza.gov.ar
  • Certificado de Vigencia de la IGJ
  • Fotocopia certificada y Legalizada de los dos (2) últimos balances
  • Fotocopia de Acta de Apertura de Filial y Designación de Responsables, Certificada y Legalizada
  • Fotocopia Estatuto certificada y legalizada.
  • Tasa retributiva correspondiente, código 492.
INSCRIPCIÓN FILIAL – FUNDACIONES

Costo:
- 52820 Código Tributario N° 492

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio