Inscripción filial (AC)

Personas Jurídicas

Asociación Civil: Inscripción Filial

Fundamento Legal: LS 19550

Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas informadas para la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad.

Requisitos

Para solicitar la Inscripción Filial de una Asociación Civil la Entidad deberá presentar, conforme a resolución 2300/2015:

  • Certificado de Vigencia de la Jurisdicción de origen
  • Copia certificada y Legalizada de los dos (2) últimos balances
  • Copia de Acta de Apertura de Filial y Designación de Responsables, Certificada y Legalizada
  • Copia Estatuto certificada y legalizada.
  • Declaración Jurada de responsables según resolución 3436/2014
  • Tasa retributiva correspondiente. Código 480.
INSCRIPCIÓN FILIAL (AC)

Costo:
- 11800 Código Tributario N° 480

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio