Inspección laboral

Gobierno de Mendoza

De oficio o a pedido de trabajadores o sindicatos los Inspectores de la Subsecretaría constatan en los establecimientos si se cumplen las normas laborales, pago de salarios, registración laboral, aportes y contribuciones.

Fundamento Legal: Ley Nº 20744 Contrato de Trabajo (y modificatoria), Ley 4974 Creación Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social.

Requisitos

Documentación del empleador:

  • Acreditación, Nº de CUIT de la firma.
  • Libro Especial de Remuneraciones y/o Planillas Móviles de Liquidación de Sueldos por Computadora de conformidad a lo establecido por el Artículo 52 de la LCT.
  • Recibos de sueldos del personal de conformidad a lo determinado por el Artículo 140 LCT.
  • Comprobantes de Entrega de Ropa de Trabajo.
  • Comprobantes de aportes de leyes provisionales y seguridad social.
  • Comprobantes de aportes de leyes sociales.
  • Comprobantes de aportes gremiales.
  • Acreditación de cumplimiento de Sistema de Control Horario de Personal según lo determinado por la Resolución 6500/06 de la STSS.
  • Comprobantes de Comunicación de otorgamiento de vacaciones según lo estipulado por el Artículo 154 de la LCT.
  • Acreditación de constitución legal de S.A. – S.R.L. – S.C.A. u otros Comprobantes que acrediten el Pago de Rubros no retenibles al personal/actor, según lo determinado por los Artículos 128, 156 de la Ley de Contrato de Trabajo, art. 1 – Decreto.1078/74 y art. 1 Ley 23041.
  • Cronograma de turnos y francos.
  • Acreditación de Alta de empleados según resolución Nº 899/2000 y sus modificatorias más comprobantes de pago seguro Decreto. Nº 1567/74.
  • Contrato Afiliación ART.
  • Últimos bonos de sueldo o acreditaciones bancarias.

Observaciones

– Se vuelca la información de la Inspección en un Acta de Inspección.

– En caso de detectar posibles incumplimientos se emplaza a la empresa a que presente la documentación que será compulsada en la Oficina de Inspección y Vigilacia de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social. Si el empleador no ha dado cumplimiento a las normas laborales o no presenta la documentación en tiempo y forma, el Inspector labra un acta de infracción. Ley Nº 4977 y 20.744.

SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
Días y horario de atención: Lunes a viernes, de 7 a 14 h.

Sede Central: Av. San Martín 601, Ciudad de Mendoza.

Conocé todas las oficinas de la Provincia

Para mayor información, comunicarse al (0261) 4-610344.

"NO SE COBRAN CÓDIGOS ARANCELES POR LOS TRÁMITES CORRESPONDIENTES A LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO Y EMPLEO, CON EXCEPCIÓN DEL CÓDIGO 453 (multa por infracción de leyes laborales) EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA"

Para dar inicio al trámite, descargar y completar el formulario de carátula de presentación de trámites y enviarlo junto a la documentación correspondiente a entrada-trabajo@mendoza.gov.ar