Rúbrica de libros (SNA)

Personas Jurídicas

Sociedades No Accionarias: Rúbrica de Libros

Fundamento Legal: Ley Nº 19550 y Resolución Nº 1993/2004

Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas informadas para la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad.

Requisitos

Para solicitar la rúbrica de libros la Entidad deberá presentar:
    • Solicitud de rúbrica de libros firmada por el GERENTE VIGENTE A LA FECHA DE LA SOLICITUD, detallando la rúbrica de los libros que solicita.
    • En caso de autorizar a otra persona para solicitar rúbrica o retirar libros deberá presentar autorización por el SOCIO GERENTE ADMINISTRADOR con firma CERTIFICADA.
    • Tasa retributiva correspondiente. Código 244.
    • Libros para rubricar:
      • Libro de Actas de Reunión de Socios
      • Libro de Inventario y Balances
      • Libro Diario

En cada libro deberá indicarse en la contratapa con Lápiz: Nombre de la Entidad, Fojas, Uso que se le dará al libro o Nomenclatura.

Dirección de Personas Jurídicas
Peltier 351, Ala Oeste, primer piso
Ciudad de Mendoza
Mesa de informes: (0261) 4-614226

RÚBRICA DE LIBROS – SOCIEDAD NO ACCIONARIA

Costo:
- 5290 Código Tributario N° 244

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio