Rúbrica de libros (SA y SCA)
Personas Jurídicas
SA y SCA: Rúbrica de Libros -DPJ
Fundamento Legal: Resolución Nº 1993/2004
Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se
menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF y enviarla a las mesas de entradas informadas para la atención virtual mencionada en la página
https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS
RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre completo de la entidad.
Requisitos
- Formulario de presentación de trámites según resolución 2400/15.
- Solicitud de rúbrica de libros firmada por el presidente vigente a la fecha de la solicitud, detallando la rúbrica de los libros que solicita.
- En caso de autorizar a otra persona para solicitar rúbrica o retirar libros deberá presentar autorización por el presidente con firma certificada.
- Libros para rubricar: en cada libro deberá indicarse en la contratapa con Lápiz: Nombre de la Entidad, Fojas, Uso que se le dará al libro o Nomenclatura.
- Tasa retributiva código 832.
RÚBRICA DE LIBROS – SA Y SCA