Requisitos
Copia fiel de sus originales de la siguiente documentación:
- ANEXO I – Res.2136/01/ S.T.S.S. modificado por Res. 1066/06.
- ANEXO II – Control de horario y turnos de Calderistas u Operadores – Decreto 351/79 – Ley 4974.
- Poder del Responsable Jurídico de la Empresa.
- Habilitación Municipal de la Empresa.
- Adjunta habilitación del organismo de contralor del combustible utilizado.
- Acreditación del Responsable en Higiene y Seguridad del establecimiento que se encuentra habilitado, por carnet del año en curso expedido por el Consejo Profesional.
- Inscripción del Responsable en Higiene y Seguridad del establecimiento en el Registro de la Resolución 319/92 S.S.T.S.S.
- Constancia de inscripción de la empresa que efectúa las pruebas, conforme a Resolución habilitante 2442/02 Artículo 2 S.S.T.S.S.
- Acreditación del Responsable técnico de la Empresa que efectúa las pruebas y que se encuentra habilitado, mediante Certificado de habilitación profesional con incumbencia de conformidad al Artículo 2 de la Resolución N° 2442/02 – SSTSS, como así también Constancia de inscripción en el Registro de la Resolución 319/92 STSS.
- Declaración Jurada suscripta por el Titular de la Empresa (2442/02), declarando Responsable Técnico elegido.
- Carnet de Habilitación de Calderistas u Operadores según Decreto 5475/71 Artículo 17/18, Resolución 2136/01 y Resolución 2442/02.
- Acreditar Original y Copia 3 últimos Bonos de Sueldos ( Dec.351/79 Cap. 16 art. 138; Res. 2136 art. 1 y 3 y normativa concordante ) de los Calderistas / Foguistas declarados ANEXO II.
- Acreditar Cálculo de Vida Útil Remanente del elemento, protocolo de medición de espesores y Certificado de Calibración del Instrumento utilizado.
SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
Días y horario de atención: Lunes a viernes, de 7 a 14 h.
Sede Central: Av. San Martín 601, Ciudad de Mendoza.
Conocé todas las oficinas de la Provincia
Para mayor información, comunicarse al (0261) 4-610344.
"NO SE COBRAN CÓDIGOS ARANCELES POR LOS TRÁMITES CORRESPONDIENTES A LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO Y EMPLEO, CON EXCEPCIÓN DEL CÓDIGO 453 (multa por infracción de leyes laborales) EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA"
Para dar inicio al trámite, descargar y completar el formulario de carátula de presentación de trámites y enviarlo junto a la documentación correspondiente a entrada-trabajo@mendoza.gov.ar
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