Requisitos
Para solicitar libros nuevamente por extravío, la Entidad deberá presentar:
- Formulario de presentación de trámites según resolución 2400/15.
- Solicitud de rúbrica de libros firmada por el presidente vigente a la fecha de la solicitud, detallando la rúbrica de los libros que solicita.
- Denuncia policial donde conste el extravío individualizando los libros.
- En caso de autorizar a otra persona para solicitar rúbrica o retirar libros deberá presentar autorización por el presidente con firma certificada.
- Tasa retributiva Código 359.
- Libros para rubricar: en cada libro deberá indicarse en la contratapa con lápiz: Nombre de la Entidad, Fojas, Uso que se le dará al libro o
Nomenclatura.
SOLICITUD DE LIBROS POR EXTRAVÍO – SA Y SCA
Costo: - 74980 Código Tributario N° 359
Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio