Inscripción de producto de 2° orden


El trámite de segundo orden se realiza cuando se quiere habilitar en la provincia de Mendoza la elaboración de un producto que ya posee registro R.N.P.A. de otra jurisdicción (Primer orden). Solo podrán gestionar este tipo de inscripción aquellas empresas que sean titulares del certificado y cuenten con un RNE en la Provincia. No se podrá cambiar ni la marca ni la composición del producto alimenticio. La vigencia de la autorización será la misma que posea el producto en la jurisdicción de primer orden.