Solicitud de un servicio policial para eventos

Ministerio de Seguridad

¿Qué es un servicio extraordinario?

Un servicio extraordinario es la labor que desempeña un efectivo policial (en uso de sus horas de franco) en una entidad pública o privada que haya contratado cobertura de seguridad para un evento determinado (según lo establece la Ley de Servicios Extraordinarios)

¿Cuándo contratar?

Se debe contratar un servicio extraordinario cuando un evento cultural, deportivo, religioso, etc. requiere una cobertura especial de seguridad, dadas las características del mismo (magnitud, concurrencia, popularidad). A fin de evitar riesgos o vulnerabilidades respecto de la seguridad de las personas y las cosas intervinientes. No así para el caso de custodia de personas.

¿Cuánto tiempo dura?

Cada periodo de prestación de servicios tiene una duración de cuatro horas. El mismo puede ser fraccionado por pedido expreso y escrito de quien lo contrate, al 50 por ciento, es decir dos horas. En cuyo caso, el costo del mismo también será del 50 por ciento del total.

¿Cómo acceder?

1- La solicitud de un servicio extraordinario debe ser presentada por escrito, detallando las características del evento en cuestión y con una antelación máxima de 72 horas previas a la realización del mismo.

2- La nota de solicitud debe manifestar tipo o carácter del evento, cantidad estimada de personas concurrentes, dimensiones y particularidades del lugar. A fin de establecer la planificación organizativa del evento, evaluar la cantidad de personal policial necesario, modo de ejecución y elementos técnicos que se requieran.

3- Para luego proceder a la confección y firma del contrato pertinente, mediante el cual, el solicitante se compromete a facilitar el equipamiento e infraestructura necesarios de seguridad, como así también las instalaciones adecuadas para la guarda de elementos de seguridad, para el aseo y necesidades del personal policial que ejecute dicho servicio extraordinario.

4- La retribución de los servicios extraordinarios eventuales deberá depositarse a la orden del Tesorero habilitado del Ministerio de Seguridad, 24 horas hábiles antes del día del evento. Como así también, por razones de seguridad pública, podrá exigirse el pago del mismo con mayor anticipación.

5- Quienes soliciten un servicio extraordinario no deben tener deudas por servicios prestados con anterioridad o bien que los mismos no hayan sido abonados en tiempo y forma según la reglamentación establece.

Requisitos

1- La solicitud del servicio de carácter extraordinario por parte de una persona física o jurídica, que se ajuste a la Ley N° 7.120, Decreto Reglamentario N° 261 y Resolución N° 1376, y que el evento a custodiar posea las autorizaciones que por sus características sean requeridas.

2- Los aranceles son depositados en la cuenta del Ministerio de Seguridad por el contratante del servicio; éste aporta las constancias de depósito o transferencia bancaria a la Oficina de Servicios Extraordinarios, la cual continúa con los trámites de rigor.

3- Los plazos para el depósito son 48 horas hábiles antes del evento, ello a los efectos de poder contar con el suficiente tiempo para la diagramación del servicio.

4- Se considera oportuno agregar que en la División de Servicios Extraordinarios, no se trabaja con dinero en efectivo, sino que se hacen contratos de carácter eventual y permanente.

¿Dónde se contrata?

En las sedes de las Policías Distritales donde se llevará a cabo el evento:

DISTRITAL DE SEGURIDAD UNO

Los Robles y Las Tipas. Edificio Cubas. Parque General San Martín. Ciudad

Tel: 4252489/ 4252218/4251820/4259119/4230387

DISTRITAL DE SEGURIDAD DOS

Maza N°810. San Rafael

DISTRITAL DE SEGURIDAD TRES

Isidoro Bousquet N°200. La Colonia. Junín

Tel: (02634) 420311

DISTRITAL DE SEGURIDAD CUATRO

Calle Dalmau Nº 29. Tunuyán

Tel: (02622 ) 424097

DISTRITAL DE SEGURIDAD CINCO

Federico Serpa N°449. Luján de Cuyo

Tel: 4980276/2156/4851

DISTRITAL DE SEGURIDAD SEIS

María José Godoy N°17. Las Heras

Tel: 4372521