Venta Minorista de Material Pirotécnico


REQUISITOS PARA PIROTECNIA: RES. 3371 (09/11/2017)
– PROHIBIDA LA COMERCIALIZACIÓN EN LA MODALIDAD “ANEXO DE RUBRO”  MINORISTA CLASE 2
– PROHIBIDA LA COMERCIALIZACIÓN EN LA MODALIDAD “STAND DE MATERIAL METÁLICO”  MINORISTA CLASE 3

Habilitación Venta Minorista CLASE 1

Aquellos comercios que en forma temporal o permanente se dediquen en forma exclusiva a la venta de pirotécnica.

1- Poseer local para la VENTA EXCLUSIVA de material pirotécnico.

2- Dicho local deberá contar con depósito para tal material con una superficie no menor a 20 mts.2 y no acceso al público.

3- Local limitado por paredes de hormigón y/o ladrillo, puertas y techos de material no combustible.

4- Podrán albergar un máximo de treinta (30) bultos, o cajones de quince (15) kilos cada uno.

5- Propiedad o contrato de alquiler.

6- Habilitación municipal con verificación de las adecuadas medidas de seguridad, el local deberá encontrarse a una distancia no menor a 100 metros de expendio de combustible o depósito de combustible.

7- Original y copia de DU.

8- Constancia de inscripción de Ingresos Brutos.

9- No poseer sanciones pendientes por infracciones a la ley vigente.

10- Declaración Jurada  declarando domicilio legal y real del titular.

Código 511  $ 6600,00

DIRECCIÓN REPAR-REPRIV
MINISTERIO DE SEGURIDAD
repar@mendoza.gov.ar

4499066/59