Venta Minorista de Material Pirotécnico
REQUISITOS PARA PIROTECNIA: RES. 3371 (09/11/2017)
– PROHIBIDA LA COMERCIALIZACIÓN EN LA MODALIDAD “ANEXO DE RUBRO” MINORISTA CLASE 2
– PROHIBIDA LA COMERCIALIZACIÓN EN LA MODALIDAD “STAND DE MATERIAL METÁLICO” MINORISTA CLASE 3
Habilitación Venta Minorista CLASE 1
Aquellos comercios que en forma temporal o permanente se dediquen en forma exclusiva a la venta de pirotécnica.
1- Poseer local para la VENTA EXCLUSIVA de material pirotécnico.
2- Dicho local deberá contar con depósito para tal material con una superficie no menor a 20 mts.2 y no acceso al público.
3- Local limitado por paredes de hormigón y/o ladrillo, puertas y techos de material no combustible.
4- Podrán albergar un máximo de treinta (30) bultos, o cajones de quince (15) kilos cada uno.
5- Propiedad o contrato de alquiler.
6- Habilitación municipal con verificación de las adecuadas medidas de seguridad, el local deberá encontrarse a una distancia no menor a 100 metros de expendio de combustible o depósito de combustible.
7- Original y copia de DU.
8- Constancia de inscripción de Ingresos Brutos.
9- No poseer sanciones pendientes por infracciones a la ley vigente.
10- Declaración Jurada declarando domicilio legal y real del titular.
Código 511 $ 6600,00
DIRECCIÓN REPAR-REPRIV
MINISTERIO DE SEGURIDAD
repar@mendoza.gov.ar
4499066/59