Constitución (ACE)

Personas Jurídicas

Asoc Colaboración Empresaria: Constitución

Fundamento Legal: LS 19550

Para toda presentación ante la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la provincia de Mendoza deberá escanear toda la documentación que se menciona a continuación EN UN ÚNICO ARCHIVO PDF  y enviarla a las mesas de entradas informadas para  la atención virtual mencionada en la página https://www.mendoza.gov.ar/servicios/perjur/personas-juridicas/ hasta tanto se reanuden los trámites presenciales. Recuerde INTERVENIR LAS TASAS RETRIBUTIVAS en su ticket original (no fotocopia) ESCRIBIENDO EN  LETRA IMPRENTA LEGIBLE y con tinta AZUL el nombre  completo de la entidad.

Requisitos

Formulario de presentación de trámite conforme modelo de la Dirección de Personas Jurídicas.

Precarga del trámite en el sistema trámites de la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Mendoza www.tramites.dpj.mendoza.gov.ar

Contrato de ACE en instrumento privado con firmas certificadas por escribano público o en instrumento público con los requisitos determinados en el Art. 378 de la ley 19.550.

Constancia de sellado de contrato en ATM

Copia certificada de los contratos constitutivos de las sociedades que la componen y de las constancias de inscripción en el registro público de comercio. Si las sociedades son de otras provincias debe agregar certificado de vigencia. Las sociedades constituidas en el extranjero deberán cumplir previamente lo dispuesto en el Art. 118 de la ley de sociedades.

Cuando se trata de que una persona física sea uno o más integrantes de la AC E , se le exigirá los mismos requisitos para comerciante salvo el certificado de buena conducta.

Publicación edictal por un (1) día en Boletín Oficial

Designación de representante, domicilio especial del mismo, declaración jurada de no estar inhabilitado, inhibido, concursado ni fallido, ni incurso en las prohibiciones o incompatibilidades que determina la ley de sociedades.

Actas de asambleas certificadas, en las que conste la decisión de las asambleas de celebrar contrato de ACE.

Nota solicitando trámite e inscripción con individualización de las sociedades participantes, sus representantes, domicilios especiales a los efectos del contrato de ACE, nombre, apellido y domicilio especial del representante de la ACE.

El objeto de la ACE. es para una obra, servicio o suministro concreto (Art. 377 ley 19550), por lo que el cumplimiento de tal extremo es condición excluyente. Las ACE. que tengan por objeto mas de una obra, servicio o suministro adjudicado o no, deberán presentar una por cada uno de ellos, u optar por constituir una sociedad entre los contratantes de la ACE, que económicamente pueda afrontar tales empresas.

El contrato de ACE debe contener los siguientes ítems como mínimo:

El objeto con determinación concreta de actividades y medios para su realización

La duración, igual al de la obra suministro o servicio.

La denominación.

Nombre, razón o denominación, domicilio y datos (fecha y demás datos de inscripción si se trata de sociedades), de cada uno de los miembros.

Copia del acta del órgano social que aprueba la celebración de la ACE, certificada por escribano.

Constitución de domicilio especial a los efectos del contrato, las partes y terceros.

Las obligaciones asumidas por las partes, las contribuciones al fondo común de cada parte, financiamiento y modo en que se afrontaran los gastos comunes.

Nombre, domicilio y declaración jurada del representante de la ACE, constitución de domicilio especial del mismo todo certificado por escribano público.

Proporción en la participación de ganancias y resultados, y de los ingresos y gastos de la unión.

Supuestos de separación y exclusión e miembros y causales de disolución.

Condiciones de admisión de nuevos socios.

Sanciones por incumplimiento de obligaciones.

Normas para la confección de estado de situación.

Mayorías y forma de adoptar los acuerdos.

Cláusula referente ala forma de solución de conflictos ente partes.

Consideraciones generales:

Las sociedades extranjeras deberán cumplir con lo dispuesto en el Art. 118. Párrafo 3.

Toda presentación de copias deber estar certificada por escribano público

presentación: en hojas A4, tinta negra con margen izquierdo no menor de tres (3) cm, detalle de la documentación acompañada.

Los códigos deben estár abonados al iniciar el trámite, sino no se dará curso al mismo, hasta tanto no se adjunte el o los códigos respectivos.

Modificación y extensión del contrato:

Cualquier modificación deberá hacerse constar en el expediente correspondiente.

La extinción o agotamiento del contrato será informada, tramitada e Inscripta en la Dirección de Personas Jurídicas

Pago de tasa retributiva de servicio código 456 y código de inscripción en el Registro Público 671

CONSTITUCIÓN (ACE)

Costo:
$110140 Código Tributario N° 456

Tener en cuenta: los códigos tributarios se pueden adquirir en cualquier sucursal de Banco de la Nación Argentina o Bolsa de Comercio