- Gestión de Nuevos Usuarios
- Función del Solicitante
- Función del Analista
- Función del Autorizador
- Función del Gestor
- Funcioó del Supervisor
- Función del Evaluador
- Perfiles en SCO
- Perfiles en un Proceso
- Obtener Certificado Negativo
- Iniciar SCO Y la Diferencia con SC
- Crear un EE al Iniciar una SCO
- Uso de Múltiples SCO en un EE
- Cambiar unidad ejecutora al Iniciar SCO
- Completar EE Solicitado por el Sistema.
- Gestión de Solicitud de Contr. Plurianual
- Imputar Derivada Plurianual (Nuevo 22/8)
- ¿Cómo Cotizan los Oferentes en Distintos Tipos de Moneda?
- Multiples Volantes Imputados en SCO
- EE para Iniciar un Proceso
- Estado de SCO para Iniciar un Proceso
- Perfil para Iniciar un Proceso
- Cuando Subir Pliego de Cond. Generales
- Llenar Campo “Requisitos mínimos de participación”
- Como Subir Pliego de Cond. Particulares
- Anexar Documentación Adicional en Pliego Cond. Particulares
- Como Subir la Norma Legal
- Pliego Modelo
- LPU/CDI Desierta
- Generar OC en Convenio Marco
- Buscar Solicitudes de Compras de CM
- Mala práctica para consultar Stock disponible
- Consultar OC Generada por CM
- Anulación OC
- Desbloqueo de Volante de Imputación
- Solicitar Delegación de Permisos (Evaluador y Autorizador)
- Gestion de Mejora de Oferta
- Ampliación de Stock en AM
- Validez del Documento de Garantía de Oferta
- Aumento de Cantidades Adjudicadas
- Ajustes de Canon Locación de Inmuebles
Las Oficinas Compradoras deberán designar perfiles o roles que deben utilizarse en diferentes etapas dentro del Sistema Compr.ar. Cabe aclarar, que una persona podría contar con uno o más perfiles ya que en la realidad de las Oficinas puede suceder que una persona se encargue de realizar todas las etapas del proceso licitatorio hasta llegar al punto de enviar el mismo, a la firma del autorizador. Podrá cargar el Formulario de Alta de Usuarios en Sistema Compr.ar y enviarlo a los siguientes correos: allucero@mendoza.gov.ar y/o rcabana@mendoza.gov.ar. Además, puede comunicarse por teléfono: 2612113906 (Roberto Cabaña).
El SOLICITANTE es el encargado de cargar la Solicitud/Requerimiento (SCO)
El Analista cumple la función de IMPUTADOR en el Sistema SIDICO, su perfil es asignado en el momento de crear su Usuario
El Autorizador cumple la función de autorizar o rechazar un proceso (Requerimiento, Proceso de llamado, Orden de Compra, etc) dentro del Sistema.
El GESTOR carga los datos preparando el proceso licitatorio (Tipo de Contratación, Ley, Plazos, etc.)
El SUPERVISOR supervisa los datos cargados por el Gestor, publica el Pliego de Condiciones Particulares y Norma Legal (en caso de necesitarlo) y completa el Cronograma de Publicación
El/los EVALUADOR/ES son los encargados de hacer las evaluaciones de las ofertas presentadas. Para los proceso de Contrataciones Directas el Sistema nos exige como mínimo (1) sólo evaluador y para las Licitaciones Públicas (3) evaluadores.
IMPORTANTE: SE RECOMIENDA SIEMPRE DESIGNAR MAYOR CANTIDAD EVALUADORES PARA TENER UN REEMPLAZANTE ANTE CUALQUIER IMPREVISTO QUE IMPIDA ACTUAR A ALGUNO DE LOS DESIGNADOS ORIGINARIAMENTE. En el caso de no haber previsto un evaluador adicional, deberemos solucionar el problema exclusivamente por la vía administrativa, ya que el Sistema no permite incorporar uno nuevo durante el proceso (solución muy compleja que debe procurar evitarse).
¿Cuál es el procedimiento para solicitar una delegación de permisos cuando un usuario Evaluador/Autorizador se encuentra de licencia o baja temporal? Véase pregunta 36
Los perfiles que intervienen son tres: SOLICITANTE – ANALISTA – AUTORIZADOR (cada usuario será creado con un perfil diferente según las tareas asignadas en cada área o como describimos anteriormente, una persona puede llegar a contar con más de un perfil)
Los perfiles que intervienen son tres: GESTOR – SUPERVISOR – EVALUADOR (cada usuario será creado con un perfil diferente según las tareas asignadas en cada área o como describimos anteriormente, una persona puede llegar a contar con más de un perfil) Ahora vamos a iniciar el primer acto para realizar una contratación, o sea la solicitud/requerimiento de contratación (en el sistema la identificamos como SCO) y cómo obtener el Certificado Negativo.
El sistema COMPR.AR realiza en forma automática la función del certificado negativo – sin necesidad de generar o emitir el instrumento de un certificado – puesto que al momento de iniciarse una SCO, si el insumo seleccionado se encuentra disponible en un Acuerdo Marco, el sistema COMPR.AR lo informará y no permitirá avanzar con la imputación y autorización del gasto (bloquea el procesamiento de la SCO y deberá eliminarse el insumo seleecionado). No obstante, para una mayor información por parte de los compradores de las distintas unidades operativas, el llamado “certificado negativo” podrá obtenerse siguiendo los pasos que a continuación se detallan:
1. Ingrese a Sistema Compr.ar con su usuario y contraseña.
2. El Sistema le mostrará un filtro de búsqueda debajo del título “Mi escritorio”.
3. Ingrese palabra clave (ej.: Nombre del producto) y tilde la opción “Buscar por Acuerdo Marco”.
4. Haga click en el botón “Buscar”.
5. Si como resultado de la búsqueda el Sistema arroja la leyenda “No se han encontrado resultados para su búsqueda”, deberá hacer una captura de pantalla y con ésta, crear un GEDO y subirlo al expediente electrónico por el cual este gestionando su compra.
Una SOLICITUD/REQUERIMIENTO (SCO) puede ser iniciada por la/las persona/s que tengan el perfil de SOLICITANTE en el Usuario creado en el Sistema COMPR.AR
La diferencia es:
a) SCO/solicitud de contratación es el acto de requerimiento o pedido que (una vez autorizado) nos habilita para iniciar un proceso de contratación directa o una licitación pública
b) SC/solicitud de compra es el acto de requerimiento o pedido que nos habilita a emitir directamente una Orden de Compra de insumos disponibles en un Acuerdo Marco
Si, debo crear un Expediente Electrónico en el Sistema de Gestión Documental Electrónico (GDE), ya que el mismo lo utilizaré a lo largo de todo el proceso de contratación.
No, porque el Sistema está configurado para utilizar una SOLICITUD/REQUERIMIENTO (SCO) por Expediente Electrónico (EE). Actualmente no se puede vincular más de una SCO en un PROCESO (esto será posible cuando se puedan realizar las SCO sin publicación)
Si, porque mi usuario podría estar asociado a una o varias Unidades Ejecutoras. Entonces, si quiero cambiarla debo seleccionarla al inicio de la SOLICITUD/REQUERIMIENTO (SCO) y la utilizaré a lo largo del proceso licitatorio.
Debo ingresar el número completo de Expediente Electrónico. Por ej: EX-2020-02491906- -GDEMZA-HPAROISSIEN#MSDSYD
De acuerdo al desarrollo actual de la plataforma de contrataciones electrónicas de la Administración Provincial (Sistema Compr.ar) y sus integraciones con el Sistema SIDICO, tales contrataciones deben ser gestionadas (en el Sistema) teniendo como base el gasto que se proyecta consumar en el ejercicio vigente.
De tal modo, si bien desde el punto de vista de las autorizaciones y decisiones administrativas, las mismas SÍ deben contemplar todos los alcances económicos del contrato a lo largo de los respectivos ejercicios presupuestarios, dicha realidad debe acotarse en el Sistema Compr.ar a los efectos que se producirán exclusivamente en el ejercicio en curso. Y en lo que concierne a los efectos a producirse en los ejercicios futuros, la contratación y sus impactos presupuestarios deberán instrumentarse y gestionarse mediante complemento del sistema SIDICO.
A continuación dejamos a su disposición:
Tutorial Incorporación de Plurianualidad a la Imputación de una SCO de Compr.ar a SIDICO
Permite modificar las cantidades y precios de las SC y SCO que derivan de plurianuales. “El Analista/Imputador” desde operaciones integradas SI.DI.CO, retoma la derivada del ejercicio anterior, debe validar primero que las partidas estén asignadas o no, para luego desde el ícono(lápiz) en la derecha de la pantalla y podrá ajustar desde allí la/s cantidad/es y/o el/los precio/s que corresponda para el caso que necesite realizar e imputar dicha derivada.
Ajuste de derivada PlurianualLas Unidades Operativas jurisdiccionales deben determinar en el Pliego de Condiciones Particulares (P.C.P.) el/los tipos de Moneda de Cotización estipulando la manera específica para que los oferentes puedan ofertar y como deben hacerlo. Cómo regla el sistema tiene que con la moneda que inicia la cotización del renglón base no podrá cambiar de moneda en los renglones alternativos, salvo que el proveedor desee ofertar en otra moneda distinta (ej: inició en pesos y pasa a dólares). El oferente debe aclarar en observaciones el tipo de moneda y valor de la moneda, siempre que el pliego PCP lo permita.
Aclaración: Ante todo la oferta en moneda extranjera NO depende de la condición de extranjero del oferente.
Tanto un oferente extranjero como uno argentino pueden cotizar en moneda extranjera. DEPENDE DE LO QUE PREVEA EL PLIEGO. Si el pliego establece que los oferentes pueden cotizar en moneda extranjera, la imputación presupuestaria debo hacerla en pesos (moneda local). Al momento de Pre-adjudicar las ofertas de los reglones ofertados en moneda extranjera (dólares) tanto en una LPU o CDI, con mi perfil de “imputador/analista” podré conciliar o ajustar en SIDICO la suma ofertada en moneda extranjera al valor de cotización del momento operando de dos formas:
- Imputación sobre el volante preventivo/definitivo primario asociado al requerimiento en Comprar. Consiste en ajustar el volante en SIDICO con los valores equivalentes de cotización cambiaria de moneda extrajera corriente, una vez completado el compromiso definitivo, deberá solicitar a la DGCPyGB la comunicación forzada del mismo a Comprar (ya que los montos no coinciden con los valores nominales de la oferta.
- Imputación en 2 (dos) volantes: Para este caso, como primera medida, se ajustan los valores de cantidad y precio del volante primario de acuerdo al informe de adjudicación, sin tomar en cuenta la moneda, de manera que los valores sean coincidentes a fin de poder notificar al Comprar.
Posteriormente, la diferencia de cotización la reflejará el imputador realizando un nuevo volante de imputación complementario. Cabe aclarar que para ambos casos, la orden de compra (OC) se generará por el valor ofrecido en moneda extranjera.
Por otro lado, posteriormente el gestor de las compras podrá completar la OC en Comprar, es importante que a la hora de conformar la misma, en el Índice 2 <”Detalle de Documento contractual”>, deberá completar el campo con la notación correspondiente sobre cómo se realizó el cálculo de la conversión de moneda extranjera a pesos argentinos, dicho campo se verá reflejado en la OC.
El gestor de la compra puede completar en la OC primaria en el Índice 2 <”Detalle de Documento contractual”> de la misma, donde debe determinar fehacientemente como realizó el cálculo de la conversión de moneda extranjera pesos argentinos, en concepto aclaratorio , dicho campo se verá reflejado en la OC.
Si, puedo imputar preventivamente las SCO con más de un volantes si fuese necesario de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias. Ahora bien, una vez que haya creado el requerimiento podré continuar con la creación del proceso dentro del Sistema Compr.ar
No, no tengo que crear un Expediente Electrónico. Debo utilizar el Expediente Electrónico creado en la SOLICITUD/REQUERIMIENTO (SCO), el cual se vinculará de manera automática cuando proceda a ingresar el número de EE en el momento que cree el Proceso dentro del Sistema Compr.ar
La SOLICITUD/REQUERIMIENTO (SCO) tiene que estar en estado AUTORIZADA. Caso contrario se producirá un bloqueo en el Expediente Electrónico y usted deberá generar un nuevo expediente y una nueva solicitud (SCO).
El perfil con el que debo contar es el de GESTOR. Perfil que se asigna al Usuario en su creación, según solicitud del área
La vinculación del Pliego de Bases y Condiciones Generales se producirá automáticamente cuando creemos un proceso de compra o contratación dentro del Sistema COMPR.AR.
Debo detallar los requisitos mínimos establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares que regirán la contratación.
Para subir el Pliego de Condiciones Particulares debo crear en Gestión Documental Electrónica (GDE) un documento Tipo “PLIEG” y luego tomar el número que designa el sistema GDE para asociarlo en Compr.ar cuando se requiera.
Si, mientras cuente con el perfil de Gestor podré agregar Anexos adicionales en el Orden N° 13 dentro del Proceso. Como por ejemplo: Pliego Técnico, Planillas, Anexos varios, etc.
Para subir la Norma Legal debo crear en Gestión Documental Electrónica (GDE) un documento Tipo RES, DI, ETC y luego tomar el número que designa el sistema GDE para asociarlo en Compr.ar cuando lo solicite.
Aclaración: Los pliego modelo deben ser adaptados, completados o incluso modificados en su contenido, según las necesidades de cada área. Podrá acceder a los mismos desde este link: Pliego-modelo
Si, el sistema permite realizar un nuevo llamado de una Licitación Pública o Contratación Directa luego de haber quedado fracasadas o desiertas. Los pasos a seguir son los siguientes:
1- Dejar sin efecto la Licitación Pública o Contratación Directa
2- Crear una nueva Licitación Pública o Contratación Directa, utilizando la misma SCO y el mismo Expediente Electrónico. El procedimiento lo puede realizar la Unidad Operativa sin necesidad de la intervención de la DGCPyGB, y en el caso de la Contratación Directa se puede repetir varias veces el llamado.
Podré seguir el paso a paso del tutorial Orden de Compra por Acuerdo Marco que se detalla a continuación:
1. Ingreso con usuario y contraseña
2. Selecciono “Acuerdo Marco”-“Buscar Compras”
3. En el campo de numero de AM, debo ingresar número de Acuerdo Marco correspondiente y hacer clic en la lupa (buscar).
Es conveniente cambiar la fecha para ampliar la búsqueda, ya que el sistema nos muestra el último mes.
La emisión o creación de la Solicitud de Contratación (SC) es un acto de consumación de la compra del acuerdo marco. Cualquier evento que realice el usuario en la utilización de dicha herramienta para revisión de stock disponible de un insumo cualquiera, está incurriendo en una práctica errónea y luego deberá eliminar la SC (ya que graba la fecha de creación). Se debe aplicar solamente cuando el usuario considere necesaria la misma, caso contrario la fecha de creación será asincrónico y no coincidirá con a la orden de compra.
Si no hace efectiva la compra por acuerdo marco, se recomienda eliminar la SC donde simuló el stock en el menú “Editar compra” (graba la fecha anterior a la efectiva de la compra), tenga en cuenta que solo deja la fecha correcta cuando el menú corresponde a: “Comprar por acuerdo Marco”.
Ingresar con usuario y contraseña, seleccionar “Documento Contractual”-“Buscar Documento Contractual”, cuando la página muestre los filtros de búsqueda, ingresar número de proceso correspondiente y haga clic en la lupa (buscar). Es conveniente cambiar la fecha para ampliar la búsqueda, ya que el sistema nos muestra el último mes.
Cuando el Documento Contractual (OC) se encuentre en estado “Pendiente de Autorización / Autorizado o Perfeccionado”, tendré la posibilidad de anular totalmente dichos documentos.
Esta funcionalidad se encuentra disponible para todas las unidades operativas y sin intervención de la DGCPyGB.
Para generar la anulación total de la OC debo poseer el perfil de Autorizador y contar con un GEDO para vincularlo en el Acto Administrativo de Anulación de la OC, como por ejemplo: Disposición, Decisión Administrativo o Decreto. Para ello, deberé ir desde el menú <Documento contractual>, buscar el Doc. Contractual correspondiente y desde las <Acciones> agregar Acto Administrativo de Anulación con los datos de dicho GEDO y proceder a la anulación correspondiente de la OC.
Importante: Los Documentos Contractuales que se encuentre en estado “Guardados” deberé autorizarlos previamente para recién proceder a la anulación antes mencionada si lo requiere. Como imputador o analista deberé gestionar la liberación del crédito presupuestario del volante (en SIDICO) de forma manual, correspondiente a dicha OC anulada.
(En próximas evoluciones de sistema, se hará de forma automática la liberación del crédito con la anulación del OC).
No siempre es necesario el desbloqueo del volante, solo es necesario para el caso de anulación de carácter definitivo de la orden de compra y liberar el crédito del compromiso. Para el caso de una modificación de cantidades o insumos en una SC, solo es necesario cambiar el estado de la misma y la Orden de Compra a estado Pendiente de Análisis, y no se utiliza el desbloqueo de volante por la Contaduría General de la Provincia. El desbloqueo (anulación total ) de un volante de imputación presupuestaria es una situación EXCEPCIONAL. Una de las situaciones por las cuales puedo necesitar desbloquear un volante de imputación presupuestaria, es la que ya se ha explicado en la pregunta frecuente desarrollada en el punto anterior (nro. 36). Pero hay varias otras razones o situaciones que pueden justificar el “desbloqueo”, por ejemplo, luego de autorizar la Solicitud de Contratación o de Compra, he decidido no comprar alguno de los insumos detallados en la misma). El desbloqueo del volante de imputación requerirá siempre de un acto o decisión previa, emanada de la Autoridad competente (generalmente es la misma que autorizó el gasto), mediante la cual se justifiquen los motivos para dejar sin efecto esa imputación ya operada en el sistema SIDICO.
IMPORTANTE: Cualquiera sea el caso de desbloqueo del volante, el mismo debe ser operado en el Sistema SIDICO por parte de los agentes habilitados (la Dirección General de Contrataciones no lo gestiona en el sistema COMPR.AR). Sin embargo, cuando dicho “desbloqueo” esté vinculado a alguna operación o transacción realizada en el sistema COMPRAR (por ej. un requerimiento o solicitud de contratación ya autorizado, una Orden de Compra ya autorizada, etc), previo al desbloqueo del volante será necesario requerir a la DGCPyGB el cambio de estado y/o la anulación de dicho acto realizado en COMPRAR, siguiendo el procedimiento que se ha explicado en la pregunta frecuente anterior. Véase pregunta 34
Cuando un usuario EVALUADOR o AUTORIZADOR se encuentra de licencia o ha sido dado de baja de manera temporal o definitiva, la jurisdicción puede solicitar una “delegación de permisos” enviando un Comunicado Oficial al coordinador del sistema Compr.ar. En dicho comunicado, el usuario deberá explicar claramente la situación, mencionar los detalles del usuario ausente (nombre, rol,usuario, cuenta de correo, etc.), y solicitar la designación de un reemplazo para asumir dichos roles durante su licencia.
Solicitud de Delegación de Permiso para Usuario Evaluador/Autorizador de licencia o Dado de Baja”
Una vez enviado el comunicado, el coordinador del sistema Compr.ar evaluará la solicitud y tomará las medidas necesarias para delegar los permisos correspondientes al usuario designado como reemplazo, asegurando la continuidad y efectividad en las tareas del proceso de compra.
¿Qué función cumple el evaluador y cuántos tenemos que designar en un proceso? Véase pregunta 7
Para gestionar la mejora de precio a través del Sistema Compr.ar, es necesario completar la evaluación de todas las ofertas presentadas por los oferentes y avanzar a la etapa de “Pre-Adjudicación”. Una vez concluido los pasos en la pre-adjudicación, se habilitará la acción para solicitar una mejora de precio.
La mejora de precios será válida según los casos previstos en el artículo 147° de la presente Ley, en los siguientes supuestos:
1. Cuando dos o más ofertas admisibles e igualmente convenientes, presenten entre sí diferencias de cotización que no superen entre si el 5% (cinco por ciento) calculado sobre la menor de ellas.
2. Cuando exista un único oferente o sólo una oferta admisible desde el punto de vista formal. En ambos casos, el procedimiento para solicitar la mejora es el mismo.
Una vez finalizada la solicitud, tendrá la opción de ajustar la “Pre-Adjudicación” en caso de ser necesario, para posteriormente generar el Dictamen de Pre-Adjudicación.
Solicitud de incremento de cantidades en los Acuerdos Marco:
En el caso de que las cantidades del insumo que necesito comprar se encuentran en cero o no existe la disponibilidad suficiente, será necesario cumplir con los siguientes pasos antes de comunicarme con el proveedor para pedirle que incremente sus cantidades a través de Sistema Compr.ar:
1. Buscar Acuerdo Marco por el número correspondiente.
2. Dirigirse al cronograma de “Actualización de Precios y Stock”
3. Verificar que se encuentre “habilitado” el parámetro de fechas correspondiente al pedido que quiero hacer.
4. En caso positivo, referido al punto anterior, comunicarme con el proveedor y consultarle si tiene la posibilidad de incrementar su stock dentro de Sistema Compr.ar (Si el Proveedor desconoce los pasos, podrá enviarle el siguiente Tutorial de Actualización de Precios, Stock y Renegociación Contractual para que se oriente: https://www.mendoza.gov.ar/wp-content/uploads/sites/63/2020/12/Tutorial-Actualizacion-de-Precios-stock-y-Renegociacion-de-Contractual.pdf)
5. En el caso de que el cronograma no se encuentre habilitado o no exista el período para generar el aumento de insumos (stock) por parte del proveedor y necesiten realizar la compra de urgencia, podrán, para estos casos, consultar en la D.G.C.P. Y G.B. para que se proceda a la apertura de una nueva fecha en el cronograma respectivo. Para ello, podrá solicitar el pedido y enviarlo a la siguiente dirección de mail: comprar@mendoza.gov.ar
Es opinión de esta Dirección General de Contrataciones Públicas y Gestión de Bienes que, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. 15 y 17 inc. b) del Pliego de Condiciones Generales, la omisión de presentación del ejemplar escaneado de la garantía, conlleva al rechazo de la oferta, pues tal recaudo no sería subsanable.
No obstante ello, la rigurosidad de tal temperamento podría flexibilizarse por vía de la interpretación contextual, si se atiende a lo dispuesto por el Art. 139 inc. h) del Decr. 1000/2015, en cuanto valida los efectos legales de todos los actos electrónicos realizados con el usuario asignado en el entorno de la plataforma COMPRAR. Desde este punto de vista, podría considerarse la factibilidad de la subsanación del defecto, ya que en tal caso no se estaría frente a un caso de “omisión” de garantía, sino solo garantía “incompleta”.
En el Art. 17 inc b) también se detalla, que en caso de presentarse una oferta con una garantía insuficiente o incompleta, la Comisión de Preadjudicación de Ofertas intimará al oferente a que la integre en un plazo de hasta tres (3) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación, bajo apercibimiento de ser rechazada su propuesta. Cumplida la subsanación por el oferente en tiempo y forma, la oferta deberá ser considerada.
Cuando me encuentre en el momento de Pre-adjudicar las ofertas de los reglones ofrecidos tanto en una LPU o CDI, mi estado de “Evaluador” me habilitará a “aumentar la cantidad ofertada del proveedor en hasta un 30% de más en su oferta Total del Renglón (s/Ley 8.706 Art 132, inc. f); siendo posible asignar aumento de cantidades entre los oferentes que van a ser pre-adjudicados en el orden de mérito (1), el porcentaje lo podré distribuir de acuerdo a la cantidad adjudicada siempre y cuando no exceda el 30 % (del total de la oferta del renglón), si excede dicha cantidad porcentual, el Sistema me informará en pantalla la siguiente leyenda “Debe verificar la cantidad pre adjudicada, ya que esta supera a la cantidad solicitada” (Ej: Proveedor1 cantidad 50 y Proveedor2 cantidad 30, porcentaje de aumento Proveedor1= 65 y Proveedor2= 39 Total= 104 equivalente a (80*1,30%)).