2° Convocatoria ANR Emprendedores
¿Qué es PIC Emprendedores?
Es un concurso destinado a otorgar Aportes No Reembolsables (ANR) con el objetivo de promover y apoyar proyectos con potencial de expansión en el mercado
PROYECTOS PIC Emprendedores son aquellos PROYECTOS DE INVERSIÓN CON POTENCIAL DE CRECIMIENTO orientados a la transformación productiva y/o comercial que generen innovación y/o valor social y/o valor ambiental.
¿Qué proyectos pueden postularse?
Los Proyectos podrán estar vinculados a actividades agropecuarias, industriales, comerciales, productivas de base no agropecuaria, de base tecnológica, turísticas, mineras, de servicios a la producción y otros servicios.
Los Proyectos PIC deben encuadrarse en, por lo menos, alguna de las siguientes clasificaciones:
Dinámicos
Innovadores que generen preferentemente valor social y/o ambiental
De triple impacto
Otros Proyectos
¿Qué proyectos pueden postularse?
Clasificación:
Dinámicos, proyectos con un gran potencial de escalamiento en el corto plazo.
Innovadores que generen preferentemente valor social y/o ambiental: son aquellos proyectos que introducen una mejora y/o transformación nueva al producto, proceso productivo, formas de comercialización, formas de organización o en la gestión del negocio.
De triple impacto: proyectos cuyo propósito busca la generación de impacto económico, social y ambiental. Buscan desde su matriz de negocio obtener el bienestar social y el cuidado del medio ambiente
Otros Proyectos: que generen mediante su desarrollo alguna innovación o alcancen valor social y/o ambiental
En todos los casos, los Proyectos deberán estar radicados o radicarse en la Provincia de Mendoza.
Los Proyectos PIC podrán incluir una Capacitación Técnica o Consultoría por Postulante.
Operatoria
Los proyectos podrán presentarse a través de las Incubadoras, quienes brindan la asesoría y el acompañamiento técnico para formular y cumplimentar lo requerido para participar en el Concurso.
El FTYC llevará adelante la preselección y selección de proyectos a través de su equipo técnico. La primera evaluación de los proyectos se refiere al alcance social, ambiental y/o innovador. Alcanzado alguno de los aspectos mencionados se analizarán los aspectos legales, técnicos y económicos.
Se completará una grilla de evaluación, otorgándose el ANR a los proyectos por orden de puntaje hasta agotarse los fondos destinados a la convocatoria.
¿Qué aspectos podrán ser financiados?
En el caso de Proyectos PIC:
Compra de materiales, materias primas e insumos. Hasta el 20% del ANR
Equipamiento nuevo
Maquinarias nuevas
Adquisición y/o Desarrollo de Tecnología Informática, lo cual comprende: adquisición y/o desarrollo de hardware, y adquisición y/o desarrollo de software.
Capacitaciones técnicas o consultorías, lo cual comprende: servicios de capacitación o entrenamiento y la contratación de consultorías: administrativas, comerciales, productivas y/o técnicas, financieras, etc.
Monto a Financiar
Proyectos PIC:
Podrán acceder a Aportes No Reembolsables (ANR) de hasta el ochenta por ciento (80%) del total de las actividades elegibles o componentes financiables
Monto del financiamiento: Máximo de pesos equivalentes de hasta veinte mil (USD 20.000) dólares y mínimo de pesos equivalentes a dos mil quinientos (USD 2.500) dólares por proyecto.
Para maquinarias nuevas y equipamiento nuevo se podrá solicitar financiamiento por hasta el setenta por ciento (70%) del total de su costo.
Monto a Financiar
Para Capacitaciones técnica o consultorías:
Capacitaciones técnicas o consultorías: Se otorgará un ANR por un monto máximo de pesos equivalentes a mil dólares (USD 1.000) por Postulante.
¿Quiénes pueden postularse?
Personas humanas: De nacionalidad argentina, nativa o naturalizada, mayor de dieciocho (18) años de edad, con domicilio real en la Provincia de Mendoza.
Las personas humanas deberán acreditar un lapso mínimo de operación en el mercado de un (1) año y un máximo de cuatro (4) años, relacionado con el objeto del proyecto. Dicho plazo será contado desde la fecha de inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza.
Personas jurídicas
Debidamente constituidas, debiendo encontrarse radicadas en la Provincia de Mendoza y, en su caso, inscriptas ante los Registros Públicos que correspondan.
Además deberán acreditar un lapso mínimo de operación en el mercado de un (1) año y un máximo de cuatro (4) años, relacionado con el objeto del proyecto. Dicho plazo será contado desde la fecha de inscripción en el impuesto a los Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza. Ver excepciones Pliego de Bases y Condiciones
Condiciones de Financiamiento
Una vez otorgado el ANR, los Postulantes deberán ejecutar los Proyectos en los siguientes plazos
Proyectos PIC: en un plazo máximo de un (1) año (doce meses) contado desde la firma del contrato.
Proyectos de Capacitaciones Técnicas o Consultorías: en un plazo máximo de seis (6) meses, completando la totalidad de las actividades previstas y cumpliendo con el cierre técnico y financiero de los mismos, contado desde la firma del contrato.
¿Dónde obtener más información?
Para mayor información descarga el Pliego de Bases y Condiciones junto con los
Formularios en www.mendozaemprende.org
Para conocer quienes son las instituciones que acompañan a los Emprendedores descarga también la GUIA DEL EMPRENDEDOR en la web de Mendoza Emprende