El programa está destinado a personas humanas, jurídicas con y sin fines de lucro que no superen los límites de facturación y cantidad de empleados fijados por la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación.
Los beneficiarios deben estar inscriptos como contribuyentes en la Provincia de Mendoza y desarrollar sus propuestas de inversión en dicha jurisdicción. Para el caso de sociedades extranjeras y de otras jurisdicciones deberán tener sucursal o sede radicada en la Provincia, o demostrar la iniciación del trámite de inscripción correspondiente.
- ¿Quiénes no pueden ser beneficiarios?
No pueden ser beneficiarios: entidades gubernamentales (nacionales, provinciales y/o municipales y/o sociedades con participación estatal); concesiones y contratistas del Estado; personas humanas o jurídicas que hubieran incurrido en incumplimiento injustificado de sus obligaciones respecto de cualquier otro régimen de promoción provincial y personas que registren deudas en el Registro de Deudores Alimentarios. 4,,ש