Habilitación de libro de higiene y seguridad

Subsecretaría de Trabajo y Empleo

Fundamento Legal: Ley Nº 19587 Higiene y Seguridad en el Trabajo, Ley Nº 24557 Riesgo del Trabajo, Ley Nº 8729/14. Decreto 1338/96, Resolución Nº 8724/11 y concordantes.

La habilitación de libro de higiene y seguridad sirve para establecer medidas de prevención de incidentes laborales de trabajo y preservar la calidad del ambiente laboral. Dicha habilitación es llevada a cabo por un Licenciado en Higiene y Seguridad.

Requisitos

Deberá escanear del original de manera clara y legible la documentación que a continuación se detalla:

1. Descargar y completar la carátula de iniciación de trámite.

2. Descargar y completar el formulario SLH (Solicitud de Habilitación de Libro de Higiene y Seguridad Laboral) firmado en todos los casos por el profesional y el empleador (en caso de apoderado la firma deberá estar certificada).

3. Descargar y completar el formulario LH (anexo 1).

4. Certificado de labor profesional emitida por el consejo profesional (Firmado) que coincida con el establecimiento y formulario LH (anexo 1) (excepto en establecimiento que tengan mismo CIIU).

5. Credencial vigente emitida por el consejo de profesionales. (COPIG).

6. Carnet del profesional en Higiene y Seguridad Res. 319 / 92.

7. Formulario 931 de la empresa del último mes. Presentar nómina del personal emitida al dia de la presentacion concordante con F931. Firmada por la empresa que especifique la cantidad de empleados en el establecimiento según formulario LH (anexo 1).

8. Certificado de cobertura vigente de ART con cantidad de empleados.(Exclusivamente referido a Establecimiento a habilitar).

9. Acta constitutiva societaria certificada y poder del representante legal.

(Original sera enviado por correo, con aval de Escribano o certificacion de firma).

10. Dos formularios LH anexo I de habilitación de libro de H y S (certificados en original ante escribano o entidad bancaria) donde dice C.U.I.T. la razón social, debe coincidir con los datos del F931 presentado y la direccion declarada informada previamente con el establecimiento a habilitar. Firmados por apoderado o titular (con firma certificada y por profesional a cargo del Servicio).

11. Libro para tramitar de 50 hojas (Libro correspondencia) por duplicado. Triplicado para construcción, Servicios de limpieza y Vigilancia. (único para establecimiento legal; para obras de corta duración sera un único libro destinado para tal fin; la firma deberá presentar listado de objetivos activos con nómina total de empleados, firmado por apoderado (Presentado nota con notificación de bajas y altas de establecimientos laborales y localización específica).

12. Captura de pantalla de servidor de aplicaciones de mapas en la web (google maps o simil) o croquis digital de localización del establecimiento alcanzado que permita discernir su ubicación específica.

13. Descargar y completar el formulario de CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ELECTRÓNICO (CDE), firmado por apoderado o representante legal acreditado. Sera notificado de inicio de trámite y finalización del mismo a correo proporcionado; la documentación incompleta con observaciones sera notificada al correo de profesional actuante.

TOMO NUEVO

En caso de que el libro se haya completado se deberá:

1) Descargar y completar la nota de solicitud de tomo nuevo.

2) Se deberá dejar asentado en F50 el pedido.

3) Cumplir los puntos 1 a 13 requeridos anteriormente.

4) Adjutar la carátula y última hoja actuante del libro.

EXTRAVÍO DEL LIBRO

Debera presentar:

1) Denuncia de robo o extravío realizada ante Registro Civil o fiscalía online.

2) Presentar la documentación detallada en el apartado de TOMO NUEVO.

BAJA DE PROFESIONAL

1) Descargar y completar la nota de solicitud de baja de profesional.

BAJA DEL SERVICIO PROFESIONAL / DESIGNACIÓN DE NUEVO PROFESIONAL

Es cuando el profesional se desvincula de la empresa y esta sigue funcionando, entonces se pide la baja de servicio. Deberá acreditarlo presentando:

1) Formulario LH debidamente firmado.

2) Descargar y completar la nota de baja del servicio profesional / designación de profesional.

Por su parte, la empresa deberá acreditar el Alta del servicio nuevamente en un lapso de 5 cinco días (art. 5 Res 8724/11) bajo apercibimiento de labrar acta de infracción.

BAJA DE LIBRO

Deberá descargar y completar la nota de baja de libro.

EN TODOS LOS CASOS DETALLADOS ANTERIORMENTE DEBERÁ ESCANEAR LA DOCUMENTACIÓN DEL ORIGINAL DE MANERA CLARA Y LEGIBLE (NO ENVIAR FOTOS EN JPG O FOTOS CONVERTIDAS EN PDF). ENVIAR EN FORMATO PDF COMO ARCHIVO ADJUNTO AL CORREO:

libroshigiene-trabajo@mendoza.gov.ar

Para consultas y más información: libroshigiene-trabajo@mendoza.gov.ar

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Días y horario de atención: Lunes a viernes, de 7 a 14 h.

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"NO SE COBRAN CÓDIGOS ARANCELES POR LOS TRÁMITES CORRESPONDIENTES A LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO Y EMPLEO, CON EXCEPCIÓN DEL CÓDIGO 453 (multa por infracción de leyes laborales) EN LOS CASOS QUE CORRESPONDA"

Para dar inicio al trámite, descargar y completar el formulario de carátula de presentación de trámites y enviarlo junto a la documentación correspondiente a entrada-trabajo@mendoza.gov.ar