Denunciá el Juego Ilegal en Linea

Nuevas obligaciones impuestas en las normativas de aplicación respecto a la Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y la implementación de Políticas delineadas por el IPJyC


A partir del 02 de Enero de 2025, en virtud de dar cumplimiento a la Resolución UIF  194/2023 – 243/2023 y las obligaciones impuestas en las normativas de aplicación respecto a la Prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y la implementación de Políticas delineadas por el IPJyC de Mendoza, se informa que:

Cliente: A toda persona humana, nacional o extranjera que, de manera ocasional o habitual, participe de juegos de azar en los siguientes términos:

-Al momento del cobro de premios, conversión de valores y/o cambio de fichas por dinero, cuando la operación resulte igual o superior a QUINCE (15) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). “Equivalente o más de $ 4.100.000 (Pesos cuatro millones cien mil); según índice vigente SMVM a Diciembre 2024 – Resolución 9/2024 CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL, Art. 1 Inc B)”.

Deberá presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI
  • Declaración Jurada de Personas Políticamente Expuestas
  • Declaración Jurada de Profesión, Oficio, Industria o Actividad Principal
  • Acta del Pago
  • Tickets/Comprobante del premio

Se aceptan como VÁLIDOS los siguientes Documentos: El documento nacional de identidad emitido por autoridad competente nacional, y la Cédula de Identidad o el Pasaporte otorgados por autoridad competente de los respectivos países emisores.

Todos los beneficiados con pagos iguales o superiores a PESOS UN MILLON QUINIENTOS ($ 1.500.000), deberán aportar sus datos personales al momento del cobro.

  • Copia del DNI
  • Acta de Pago
  • Tickets/Comprobante del premio
Descargar Resolución