Introducción


Desde su creación en 1996, y de acuerdo a la Ley de Responsabilidad Fiscal Nº 7.314, el Instituto Provincial de Juegos y Casinos posee la obligación legal de efectuar la remisión del 35% de la recaudación neta de los casinos y el juego oficial a Programas de Salud y rentas generales de Mendoza.

Así lo plantea esta ley en su Artículo 38 del presupuesto anual en donde señala que “las transferencias netas que el IPJyC realice a programas especiales y/o rentas generales anualmente no podrán ser inferiores al 35% del total de ingresos”.

Asimismo, este artículo señala que “el 35% se obtiene una vez deducidos los premios otorgados al público, comisiones pagadas a las agencias oficiales, lo pagado por la captura y procesamiento de datos y lo pagado por el impuesto al juego, en los juegos de Quiniela, Lotería combinada y similares”.

También corresponde deducir “los premios otorgados al público y el porcentaje correspondiente al operador por los servicios prestados en la explotación de las máquinas tragamonedas” y “los premios otorgados al público en los otros juegos explotados por el Instituto Provincial de Juegos y Casinos”.