Acordaron medidas para prevenir accidentes durante las fiestas
Distintas áreas del Gobierno Provincial y los municipios informaron sobre la tarea articulada para prevención de siniestros y accidentes durante las fiestas de navidad y año nuevo.
Consumo abusivo de alcohol, exceso de velocidad, mal uso de pirotecnia y de espejos de agua no habilitados fueron los temas centrales del operativo de control para las fiestas. De la reunión de trabajo participaron el Ministerio de Desarrollo Social y Derechos Humanos, el Ministerio de Seguridad y los municipios, en la que se planteó una tarea en forma coordinada a fin de optimizar recursos humanos y materiales para prevenir episodios generados por las conductas de riesgo.
El subsecretario de Relaciones con la Comunidad, Alejandro Gil, resaltó la importancia de estas reuniones para obtener información de los municipios y organizar el plan operativo. “Recargamos una guardia completa, lo cual duplica los policías en la calle y en seguridad vial recargamos al total del personal, fundamentalmente, en la noche. Y en el día Defensa Civil y Bomberos en cauces y espejos de agua”.
Además, el encuentro sirvió para dar a conocer el listado de requisitos que debe cumplir el organizador de una fiesta para lograr la habilitación; con especial mención a los horarios, a los que las actividades deberán ajustarse tal como lo rige la nueva ley de diversión nocturna sancionada en el presente año. Si bien en años anteriores los festejos estaban eximidos de controles horarios, la nueva normativa indica que “el cierre de taquilla se hará a las 3.30, el corte de barra a las 5.30 y el cierre de la actividad a las 7.30”.
Por su parte, el subdirector de Control de Eventos Locales de Esparcimiento, Gonzalo Sánchez, recordó que está prohibido el ingreso de menores de edad a los eventos que cuentan con expendio de alcohol, modalidad de canilla libre y pirotecnia”.
En tanto que la Dirección de Policía Vial adelantó que la totalidad de su personal se verá afectado a los controles de alcoholemia. Por su parte, Defensa Civil confirmó el trabajo en conjunto con los municipios, que tendrán como escenario aquellos espacios situados alrededor de los espejos de agua y cauces de riego.
Además, Gonzalo Sánchez manifestó que se cuenta con la línea telefónica gratuita para la recepción de denuncias es 0-800-222-0900. La atención telefónica será desde la hora 1.30 hasta las 8, por cualquier tipo de consulta que quieran realizar los padres. Y agregó que “todo el personal de esta Subdirección estará afectado a todos los eventos que se realicen y que se multarán a los que infrinjan la ley desde $5.000 y $30.000, con clausuras temporarias o definitivas y en caso de reincidencia las multas se pueden incrementar.”
Requisitos
Los requisitos que deberán cumplir los organizadores para habilitar espacios a cielo abierto, para realizar fiestas eventuales o permanentes:
1- Deberá cumplimentar con la normativa vigente en materia de habilitación, según Ley Nº 8.296.
2- Se deberá solicitar por escrito el Dictamen Favorable, mediante una nota dirigida a la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento. Y adjuntarse la documentación detallada a continuación. La Fecha límite para la presentación de toda la documentación requerida es de 72 horas antes (hábiles) del evento.
Para la habilitación municipal se deberán cumplir los siguientes requisitos:
– Servicio de Emergencia Médico contratado (con la correspondiente constancia de pago del mismo)
– Seguro de Responsabilidad Civil para el Evento (con la correspondiente póliza y constancia de pago).
– Plan de Contingencia aprobado por bomberos de la Policía de Mendoza.
– El recibo de contratación del servicio de seguridad, donde deberá detallar la cantidad de personal afectado, tanto policial como privado, detallando: nombre completo y número de documento de identidad del personal afectado a la seguridad. El personal de seguridad privado deberá acreditar credencial extendida por REPRIV.
– Disponer de servicio telefónico público o semipúblico en un lugar determinado a disposición de los jóvenes, en caso de inviabilidad proponer telefonía celular u otro medio alternativo.
– Prohibir el acceso de menores de 18 años, si en este evento se van a expender bebidas alcohólicas.
– Se prohíbe por Ley la modalidad de “Canilla Libre”, pudiendo sólo otorgar 2 (dos) consumiciones con alcohol por persona.
– Deberá explicitar a qué tipo de consumición se refiere, cuando se ofrece variedad y cantidad de consumiciones.
– Copia de aviso del evento, con la debida recepción del mismo, dirigido a la comisaría policial más cercana al predio donde se lo pretenda realizar.
– Baños químicos: 1 (uno) c/ 80 personas. Deberá presentarse el correspondiente comprobante de contratación y pago de éstos para el día de la fiesta que pretenda realizar.
-Predio destinado a estacionamiento de vehículos.
– Señalización de ingreso-egreso al predio.
– Señalización de Salidas de Emergencias.
– Se debe contar con detector de metales en los ingresos.
– Un alcoholímetro a disposición de los clientes.
– Se deberá cumplimentar con lo establecido en el Art. Nº 8 de la Ley Nº 8.296.