Alquileres para eventos privados: Defensa del Consumidor se reunió con entidades para proteger los derechos de los usuarios de Mendoza
Mónica Lucero de Nofal, titular del organismo público, mantuvo diversos encuentros con representantes de SADAIC y empresarios del sector hotelero y gastronómico, y con referentes de la Asociación de Salones de Fiesta. El objetivo del encuentro fue analizar la legislación nacional y provincial en la materia y aunar criterios de acción en beneficio de los usuarios y consumidores de Mendoza.
Luego de reunirse con Guillermo Ocampo, titular de la Sociedad Argentina de Autores y Compositores de Música (SADAIC) y con el jefe administrativo de la delegación Mendoza de esa entidad, José Luis Forconi, Mónica Lucero de Nofal, directora de Defensa del Consumidor, recibió a Paulino Larrea, Diego Vieyra y Antonio Puliafito, de la Asociación de Salones de Fiesta (Asafi). El encuentro tuvo lugar este martes 10 de diciembre.
Ambas reuniones apuntaron a establecer con claridad el marco legal de actuación frente a las denuncias presentadas por consumidores en relación con el cobro de SADAIC y de la Asociación de Intérpretes y Productores Fonográficos (AADI CAPIF), por la reproducción de música en fiestas privadas.
Además de dar a conocer el tenor de esas denuncias a las entidades, se plasmó en las reuniones la necesidad de publicar y difundir adecuadamente cada una de las tarifas, concepto y alcance. Junto con esto, se evaluó imprescindible acordar una forma de trabajo que permita transparentar los alcances y modalidades de SADAIC respecto del cobro de servicios a través de sus inspectores.
Mónica Lucero señaló que “Mendoza tiene una postura definida con respecto a la legislación que rige sobre esta actividad y consideramos que esas asociaciones [SADAIC y AADI CAPIF], así como también los salones de fiestas, están incurriendo en una presunta violación del Decreto nacional 765/2024 cuando exigen al consumidor el pago previo del canon previsto”.
“En todo momento debe prevalecer el derecho a la información y el trato digno hacia los consumidores previsto en la Ley nacional 24240 de Defensa del Consumidor, y reafirmados en el artículo 42 de nuestra Constitución. Por esto velamos y exigimos que haya una difusión adecuada de las tarifas que se cobran y el alcance de la obligación”, concluyó la funcionaria provincial.
En este contexto, es importante destacar que los salones de fiestas deben tener publicado en los accesos al local el contenido del anexo de la Resolución 439/24, que previene a los consumidores e informa que no deberá pagarse derechos de propiedad intelectual por las obras musicales que allí se reproduzcan, ni directamente a través de asociaciones ni indirectamente al incluir el canon en el precio del alquiler.
Encuentro en la Legislatura
El último jueves, Mónica Lucero participó en la reunión que se desarrolló en el auditorio de la Cámara de Senadores, en el que estuvieron presentes miembros de la Federación Argentina de la Industria de Eventos (Fadide) y la Federación Empresaria Hotelera Gastronómica de la República Argentina (FEHGRA).
Este encuentro tuvo la finalidad de analizar, desde diversas perspectivas, la nueva situación legal de los cobros que llevan a cabo las sociedades de gestión colectiva de derechos tras la sanción del Decreto presidencial 765/24, donde se reglamenta la Ley 11723 de propiedad intelectual.
Vale agregar, en este marco, que los establecimientos educativos que hayan sido alcanzados por el cobro de aranceles por derechos de autor deben solicitar la devolución del importe mediante la denuncia en el portal Ventanilla Única Federal.
Los consumidores que requieran asesoramiento personal sobre este punto y otros pueden hacer sus consultas en las oficinas de Defensa del Consumidor habilitadas en cada departamento de la provincia de Mendoza.