Boletín Oficial: este es el decreto con las nuevas restricciones para Mendoza
La norma se publicará esta medianoche. Allí se detallan las restricciones sanitarias que rigen en todo el territorio provincial.
A través del Decreto 605, que se publicará en el Boletín Oficial, el Gobernador Rodolfo Suarez establece las nuevas medidas que tendrán “vigencia desde la fecha de su publicación en todo el ámbito territorial de la provincia de Mendoza”.
Medidas
- Continúan las restricciones para circular desde las 23.30 hasta las 5.30.
- Se suspende en todo el territorio provincial la realización de reuniones familiares y sociales en domicilios particulares y en espacios públicos.
- Nuevo esquema para realizar compras y reservas en restaurantes según la terminación del DNI. Los terminados en 1, 2, 3, 4 y 5 están habilitados los lunes, miércoles, viernes y los domingos hasta las 14. Mientras que los finalizados en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán hacerlo los martes, jueves, sábados y los domingos desde las 14.
En este sentido, se sugiere a los comercios la exhibición de carteles que indiquen de manera clara y visible el esquema habilitado.
- Para la concurrencia a los restaurantes, será necesario efectuar reserva por una persona cuyo número de finalización de DNI coincida con el día autorizado. Esa persona también será responsable de llenar la Declaración Jurada necesaria para acceder a ese servicio.
Sanciones
Los municipios podrán “controlar, en forma concurrente con la Provincia, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto en sus respectivos ámbitos territoriales, y a la aplicación de las multas vigentes”.