Comunicado sobre el acta de la OFEMI


Lo seguirá hacienda circunscripta a los preceptos legales vigentes con especial atención a las leyes 7722 y 5961. Así, nuestra provincial posee desarrollos mineros en los tipos de bentonita (hidrocarburos), talco, sales de potasio (fertilizantes), ripios y arenas (construcción), rocas (construcción y ornamento), turbas (cementeras), piedra pómez (construcción), baritina, yeso, cemento, entre otros.

Estos minerales constituyen hoy el centro de nuestra actividad minera y con un gran potencial de crecimiento, especialmente por la radicación de la empresa brasilera VALE que constituye un hito nacional e internacional en términos de inversiones de gran magnitud orientada a la extracción de sales de potasio.

Particularmente la ley 7722, sancionada en el año 2007, impide el uso cianuro, ácido sulfúrico, mercurio y otras sustancias toxicas en los procesos de explotación metalífera.

Mendoza no trabaja actualmente en minería metalífera. Ya se ha sostenido y se seguirá sosteniendo el pleno respeto a la vigencia de la ley 7722.

No obstante, propiciar debates serenos y reflexivos sobre nuevas actividades es algo legítimo, tanto como el interés social mayoritario, la priorización de la seguridad y el respeto a las posturas divergentes.

Por ello es que, en este marco, resulta adecuada la firma de este instrumento que pretende en conjunto con las provincias y estado nacional: coordinar acciones y criterios; reafirmar el desarrollo minero sustentable y sostenible; incorporar valor agregado industrial; desarrollar procesos productivos orientados a sustituir importaciones; articular acciones con el sector universitario y científico; capacitar recursos humanos y actuar como órgano que contribuya a la resolución de conflictos en la actividad.

La licencia social es un imperativo en este tipo de proyectos, tanto como la autonomía en la defensa de derechos ambientales y cuidado de los recursos.