Coronavirus: más de 1.800 acuerdos en la Oficina de Conciliación Laboral


La cifra corresponde al período que va desde el 20 de abril al 31 de octubre, lo que resulta beneficioso para las partes intervinientes en las audiencias conciliatorias.

Hay que recordar que a partir del pasado 20 de abril, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, a través de su Oficina de Conciliación Laboral, comenzó a funcionar de manera virtual y logró 1.833 acuerdos al 31 de octubre, en el marco del funcionamiento establecido por el Ejecutivo provincial.

Es importante señalar que el funcionamiento excepcional de la Oficina de Conciliación Laboral (OCL) en Mendoza permitió mitigar el impacto que la pandemia ocasionó en el ámbito de las relaciones laborales, mediante el uso de herramientas tecnológicas y procedimientos administrativos que puedan realizarse con la menor afectación de personal posible, en armonía con las disposiciones actuales de distanciamiento.

El subsecretario de Trabajo y Empleo, Carlos Segura, destacó que “la gran cantidad de acuerdos logrados entre trabajadores y empleadores por virtud de haber puesto en funcionamiento la OCL de manera virtual en el contexto de pandemia y durante la cuarentena establecida en el marco de la emergencia pública sanitaria, permitió dirimir las controversias en materia laboral a una gran cantidad de mendocinos, que no tendrán que recurrir a la vía jurisdiccional”.

“De esta manera, la Subsecretaría de Trabajo y Empleo contribuye decisivamente en la reducción de los indicadores de litigiosidad que afectaba a la administración de justicia colapsando los tribunales de numerosas causas y con los perjuicios que ello acarreaba a los trabajadores que esperaban años para obtener un pronunciamiento sobre sus demandas”, agregó Segura.

Resaltó el subsecretario que “hoy, tanto trabajadores como empleadores cuentan con una herramienta ágil y efectiva de conciliación, logrando una justa composición de intereses en menor tiempo y gratuito y a bajo costo para los empleadores”.

¿Cómo se realizan las audiencias conciliatorias?

La Subsecretaría de Trabajo y Empleo dispuso una serie de requisitos para adaptar el protocolo a las exigencias de las plataformas digitales disponibles y necesarias para llevar a cabo el procedimiento. Por ejemplo: el reclamante deberá consignar con carácter obligatorio su correo electrónico y teléfono, y los correspondientes a su letrado patrocinante o apoderado y el celular y/o teléfono fijo del requerido.

Las notificaciones para citar a las audiencias se hacen mediante el correo electrónico indicado o a través de la vía telefónica a los números denunciados mediante mensajes de texto SMS o a través de la aplicación WhatsApp.

Las audiencias conciliatorias se llevan a cabo mediante videollamada o videoconferencia. En esa audiencia, el conciliador corrobora la identidad del reclamante y del requerido y de sus letrados, a través de la exhibición del DNI y matrícula profesional habilitante respectivamente, ante la cámara del celular o de la computadora.