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COVID-19: estas son las nuevas medidas para Mendoza


La normativa será publicada esta noche en el Boletín Oficial y comenzará a regir este lunes 3 de mayo. Se suspenden las actividades en salas de juegos y casinos, al igual que las reuniones familiares y sociales y las ferias en espacios públicos. Vuelve a entrar en vigencia la terminación del DNI para compras en comercios y reservas en restaurantes.

A través del Decreto 555, que se publicará esta noche en el Boletín Oficial, el Gobernador Rodolfo Suarez establece nuevas medidas sanitarias para Mendoza. Comenzarán a regir en toda la provincia, independientemente de la calificación de riesgo epidemiológico establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado por el Gobierno nacional.

Las medidas establecidas entran en vigencia desde este lunes 3 de mayo, incluido General Alvear y las localidades de Real del Padre, Villa Atuel, Atuel Norte y Jaime Prats, de San Rafael, donde se mantiene vigente el Decreto 540 publicado el viernes pasado y se complementa con estas nuevas medidas. 

Las nuevas medidas

  • Continúa la alerta sanitaria entre las 23.30 y las 5.30, con excepción del personal afectado a las tareas consideradas esenciales.
  • Se mantiene la presencialidad en los niveles educativos Inicial, Primario y Secundario.
  • En el nivel Superior se propone la presencialidad física solo para aquellas actividades de práctica profesional docente y práctica profesionalizante que por su especificidad y complejidad requieran de la asistencia al entorno formativo.
  • Se suspenden las actividades en salas de juego y casinos.
  • Las actividades deportivas, habilitadas en espacios cerrados, podrán continuar desarrollándose siempre y cuando se garantice la adecuada ventilación de los espacios.
  • Tanto las actividades deportivas en espacios cerrados como al aire libre deberán realizarse sin presencia de público.
  • Quedan suspendidas las reuniones familiares y sociales en domicilios particulares .
  • Las compras en comercios y reservas en restaurantes deberán realizarse según el esquema por número de terminación del DNI:
  • Lunes y miércoles: DNI finalizados en 1, 2, 3, 4 o 5.
  • Martes y jueves: DNI finalizados en 6, 7, 8, 9 o 0.
  • Viernes, sábados y domingos, sin restricciones. 
  • Los cafés, confiterías y restaurantes deberán funcionar al 50% de su capacidad y con mesas con un máximo de hasta 6 personas. Todos podrán aplicar la modalidad “pase y lleve” y delivery.
  • Se suspenden las ferias en lugares públicos. Solo podrán realizarse aquellas que autoricen los intendentes y con estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.

Asimismo, continuarán los estrictos controles para el cumplimiento de las normativas vigentes en el adecuado uso del transporte público, en el acatamiento a los protocolos vigentes en las actividades habilitadas y en el horario permitido para circular por fuera de la alerta sanitaria entre las 23.30 a 5.30.