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Defensa del Consumidor recuerda la obligatoriedad del Libro de Quejas


Este registro debe estar disponible en todo momento y ubicado en lugar visible para los clientes del comercio, también en empresas de servicios con atención al público y en las entidades bancarias, entre otros lugares. 

La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) recuerda a los proveedores de bienes y prestadores de servicios destinados a consumidores y usuarios finales que deben disponer del Libro de Quejas en todos sus locales comerciales o en sucursales bancarias, y en lugar visible para el cliente.

Este libro deberá estar disponible durante el tiempo de atención al público, junto con una lapicera o birome para que el consumidor asiente su reclamo por una situación relacionada con la venta de productos, uso de servicios o bien vinculada al trato recibido.

La exigencia se encuentra establecida en la Resolución Provincial 5/2019 de la DDC, vigente desde el 12 enero de 2019, norma que enumera las características de este registro obligatorio y que puede consultarse en este enlace.