Defensa del Consumidor recuerda que es obligatorio recibir tarjeta de débito


Esta forma de pago se encuentra disponible para las compras que superen los $100 y no debe aceptarse recargo alguno por el uso de esta opción.    

La Dirección de Defensa del Consumidor (DDC) recuerda a la comunidad que la opción de pagar con tarjeta de débito debe estar disponible para el cliente siempre que la compra supere los $100 y en comercios ubicados en localidades con más de 1.000 habitantes.

Además, es importante remarcar que el uso del débito no debe tener recargo por parte del comercio, sino que el consumidor tendrá que abonar el mismo monto exhibido, como si pagara en efectivo.

Asimismo, es válido aclarar en este punto que si el comercio acepta el pago por medio de código QR, no está obligado entonces a aceptar el pago con tarjeta de débito.

¿Qué comercios deben aceptar esta modalidad de pago?

  • Los comercios que venden cosas muebles.
  • Los comercios que prestan servicios de consumo masivo.
  • Los comercios que hacen obras.
  • Los comercios que alquilan cosas muebles.

Se recuerda que, en términos legales, las “cosas muebles” son aquellas que pueden ser trasladadas de un lugar a otro. Por ejemplo, una mesa, un automóvil, una bicicleta, electrodomésticos; y pueden ser consumibles, si se agotan con su primer uso como por caso una manzana, o no consumibles, cuando el uso solo les ocasiona un desgaste, como la ropa.

Beneficios del pago con débito

  • Este sistema de pagos es más seguro porque la persona puede hacer sus compras sin necesidad de llevar dinero en efectivo.
  • Es posible tener un mejor control de los gastos, al quedar registrada la operación de compra y el monto abonado. Esto puede ser visualizado por el usuario a través de banca electrónica (home banking).
  • Los consumidores pueden acceder a promociones bancarias por pago con débito en la carga de combustible, pagos en supermercados u otras que habilite su banco.

Denuncias

Frente al incumplimiento del comercio por no recibir débito, el usuario debe dar lugar a una denuncia ante AFIP

Para el caso que el comercio aplique o pretenda agregar un recargo por uso del débito, esta acción deberá ser rechazada por el consumidor y asentado el hecho en el Libro de Quejas. A la par, se solicita a la comunidad que denuncie esta situación aportando todos los detalles y prueba (ticket o factura que dé cuenta del valor abonado y foto del precio que no se respetó), por medio de la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor