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El Gobierno presentó los nuevos cambios en el Código de Faltas de la provincia


Entre las modificaciones habrán sanciones y multas para padres que permitan el consumo de alcohol de sus hijos y para quienes abandonen animales en la vía pública.

El Gobernador de la provincia, Alfredo Cornejo, modificó el Código Contravencional de la provincia, o más conocido como el Código de Faltas, y fue enviado a principio de semana a la Legislatura para su tratamiento junto con nuevo del Código Procesal Laboral.

La iniciativa tiene el objetivo por parte del Ejecutivo de trabajar en pos de un funcionamiento más ágil de las instituciones de Justicia y Seguridad.

El Código de Faltas establece en sus 198 artículos una modernización de faltas o conductas antisociales que no llegan a constituirse como delitos.

En la presentación del proyecto estuvieron presentes el Gobernador Alfredo Cornejo; el ministro de Seguridad, Gianni Venier; el ministro de Gobierno, Justicia y Trabajo, Dalmiro Garay, y los subsecretarios de Trabajo, Alejandro Jofré, y de Justicia, Marcelo D’Agostino.

Alfredo Cornejo explicó que se incorporan otros tipos de penalidades, como el trabajo comunitario y las multas. “Es preventivo tener un buen sistema de faltas”, indicó.

El mandatario además aseguró que el proyecto presentado “se encuentra en sintonía con el plan de modernización del Estado y con nuestro plan de seguridad” y que fue elaborado con el aporte de “personas que están al frente de los juzgados de Faltas”.

Entre los cambios habrá sanciones y multas para padres que permitan el consumo de alcohol de sus hijos, para quienes abandonen animales en la vía pública como para aquellos que no tengan autorización legal para cuidar vehículos en las calles.

Padres responsables: el nuevo código establece sanciones a padres o tutores en los siguientes casos: cuando les permitan el consumo de alcohol a menores, cuando hagan incurrir al niño en inasistencias a la escuela de forma reiterada e injustificada, cuando dejen a los hijos pequeños en el interior del vehículo sin el cuidado de una persona responsable y cuando omitan vacunación obligatoria.

Arresto domiciliario: el código establece arresto domiciliario en los siguientes casos: para mayores de 70 años (antes era de 60 años), para mujeres embarazas o en período de lactancia (antes era para cualquier mujer honesta), quien padeciere una enfermedad incurable, para personas enfermas cuando la privación les impida recuperarse, o personas discapacitadas cuando la privación de libertad en el establecimiento fuere inadecuada para su condición.

Decomiso: incorporación de los bienes decomisados al patrimonio del Estado en las áreas de desarrollo social de la provincia o municipio según corresponda En caso de no ser aprovechables, se autoriza la enajenación y, salvo elementos idóneos para delinquir, se dispondrá su destrucción.

Funcionarios públicos, docentes y médicos: el texto añade nuevos tipos contravencionales relacionados con la ofensa a personal, tanto funcionario públicos, de salud como de educación.

Municiones: se sanciona a aquellas personas por tenencia injustificada de municiones sin que pueda acreditar la calidad de legítimo usuario de arma de fuego y siempre que el hecho no constituya delito.

Cuidacoches: también suma como una falta el cuidado de vehículos en la vía pública sin la debida autorización legal, así como la limpieza de los mismos o de parte de estos.

Mascotas: el nuevo código sanciona la tenencia de perros u otro animal potencialmente peligroso sin adoptar medidas de seguridad. También castiga el descuido del dueño de cualquier mascota, así como su abandono o de sus crías.

Antidisturbios: el código sanciona a  jugadores, entrenadores, directivos de las ligas, asociaciones, clubes o entidades deportivas reconocidas y espectadores que antes, durante o después del espectáculo inciten escándalos, disturbios, desmanes o desordenes con expresiones, ademanes e insultos. También para aquellos que a través de las redes sociales inciten a provocar este tipo de acciones.

Acoso sexual callejero: las personas que realicen acoso sexual en lugares públicos o privados con acceso al público serán sancionadas.

Festejos estudiantiles: el código sanciona al titular del local y/o organizador del evento para menores cuando no impidiera el ingreso o venta de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes.

Falsos policías: se establecen sanciones a aquellos que simulen ser miembros de las fuerzas de seguridad mediante la utilización de uniformes o credenciales. También habrá multas tanto a quienes adquieran indumentaria como a quienes vendan vestimentas de la fuerza de seguridad a personas que no pertenezcan a las mismas.

Expendio de bebidas alcohólicas fuera de horario establecido.

Bañarse en cauces de agua no autorizados para ese fin.

Arrojo de residuos patogénicos y farmacéuticos en lugares públicos o abiertos al público no habilitados al efecto, arrojo de líquido cloacales en la vía pública.

Maltrato a mayores: el proyecto establece la sanción a aquellas personas que incurran en conductas de maltrato, insultos y faltas de trato digno hacia personas de la tercera edad, en el ámbito familiar como en las residencias, los hospitales y los centros geriátricos.

Cuidado del ambiente: se sanciona al que prenda fuego sin precauciones, deprede la flora silvestre o destruya el arbolado público. También habrá sanciones al que arroje líquidos cloacales en la vía pública o permita el desborde de cámaras sépticas o pozos ciegos. Así como a aquellos que obstruyan, alteren o deterioren los cauces de agua.

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