Emergencia agropecuaria: se extiende el plazo para denunciar las pérdidas por lluvia
El plazo para que los productores agrícolas pidan la solicitud de certificado de daño causados por lluvias se extendió hasta el 1 de septiembre de 2016. Se trata de las mermas en las cosecha derivadas de las intensas lluvias durante el ciclo agrícola 2015/2016. El registro del siniestro es obligatorio para recibir los beneficios que contempla la Ley de Emergencia Agropecuaria.
La certificación permite acceder a diferimientos o exenciones de pago del Impuesto Inmobiliario y Canon de Riego, diferimientos de créditos con entidades crediticias provinciales y nacionales, suspensión de juicios y procedimientos administrativos a nivel provincial y nacional, diferimiento de pago de impuestos nacionales, adhesión al Programa de Sostenimiento del Empleo, exención parcial o total de la elaboración de mosto (Fondo Vitivinícola) y beneficios derivados del Fondo Nacional de Emergencias Agropecuarias (FONEDA).
El registro para productores afectados por lluvias se abrió el pasado 7 de junio y se extendió por 30 días. En ese lapso solicitaron certificado por daños 1340 productores en toda la provincia.
La reciente prorroga fue establecida en el decreto 994-2016 y tiene como objetivo incluir a todos aquellos que no hayan realizado el trámite. Respecto de la documentación que deberán presentar, se mantienen lo acordado desde que se aprobó el beneficio.
Propiedades que posean sólo vid:
• Certificado de RUT, inscripto al 30 de abril 2016.
• Constancia de AFIP para certificar actividad económica principal como producción primaria.
• CIU (Comprobante de Ingreso de Uva) de la temporada 15/16.
Propiedades con cultivos frutícolas, hortícolas u olivícolas:
• Certificado de RUT, inscripto al 30 de abril 2016.
• Constancia de AFIP para certificar actividad económica principal como producción primaria.
• Informe firmado por Contador Público Nacional matriculado, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo que detalle:
• universo de la facturación correspondiente a la venta con detalle de valor y volumen de la producción de la temporada agrícola 2015/16
• certificado de reducción superior al cincuenta por ciento (50%), respecto al volumen promedio obtenido de lo facturado en los cinco (5) mayores registros históricos, de los últimos diez (10) años.
• facturas que avalen dicho informe.
Propiedades que combinen cultivos de vid con hortalizas, olivos o frutales:
• Certificado de RUT inscripto al 30 de abril 2016.
• Constancia de AFIP para certificar actividad económica principal como producción primaria.
• CIU (Comprobante de Ingreso de Uva) de la temporada 15/16.
• Informe firmado por Contador Público Nacional matriculado, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo que detalle:
• universo de la facturación correspondiente a la venta con detalle de valor y volumen de la producción de la temporada agrícola 2015/16
• certificado de reducción superior al cincuenta por ciento (50%), respecto al volumen promedio obtenido de lo facturado en los cinco (5) mayores registros históricos, de los últimos diez (10) años.
• facturas que avalen dicho informe.
El trámite de denuncia con la documentación correspondiente deberá realizarse únicamente en las delegaciones de la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas (DACC).
Delegación Norte: Bologne Sur Mer 3050, primer piso, Mendoza Capital. Teléfono 4413258/66.
Delegación Este: Viamonte 1000, San Martín. Teléfono 0263 4420365.
Delegación Centro: San Martín 1900, Tunuyán. Teléfono 02622 423036.
Delegación Sur: Alsina 445, San Rafael. Teléfono 0260 4438052.
Oficina General Alvear: Patricias Mendocinas 198. Teléfono 0261 156988982