En el Décimo Foro de Economía Social y Popular, debaten este viernes los derechos y nuevos desafíos del sector


Abierto a todo público, el foro apunta a actualizar la ley de promoción de la economía social, que ya tiene una década. Entre las propuestas se destaca: que el 10% de las compras del Estado estén orientado a este sector; jerarquizar el área, elevándola a Instituto Provincial; adecuación presupuestaria con una base anual de $300.000.000. Será en la Legislatura de Mendoza, Sarmiento 247, Ciudad de Mendoza.

Comenzará este viernes, a las 9, el Décimo Foro de Economía Social Y Popular donde se debatirá una iniciativa para la modificación de leyes de la economía social, solidaria y popular. Elaborado y consensuado por la  Dirección de Economía Social y Asociatividad, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Social, del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia de Mendoza, y las organizaciones de la economía social y popular, el proyecto ya fue incorporado en el circuito legislativo para la generación de tratamiento correspondiente.

La propuesta busca no solo la incorporación de sectores de la economía popular que actualmente no están incluidos en ninguna instancia formal, sino también generar alternativas de comercialización mediante las compras públicas y la generación de trabajo de adecuación presupuestaria para el desarrollo de una política pública óptima y eficiente. Además, apunta al desarrollo paulatino de un proceso de formalización y crecimiento sostenible de las unidades productivas involucradas.

Desde la implementación de la Ley 8435 de Promoción de la Economía Social (2012), se ejecutaron acciones desde el Poder Ejecutivo para el desarrollo y la promoción de la economía social. Hoy hace falta actualizarla.

La propuesta de mejora gira en torno a tres pilares: modificación de la ley, adecuación de las compras públicas y adecuación presupuestaria.

Modificación de la Ley 8435 de Promoción de la Economía Social y Solidaria.

  • Reconocimiento de los sujetos de la economía social y popular como trabajadores.
  • Establecimiento de principios como la preeminencia de la persona, del trabajo creador, trabajo asociativo e igualitario de gestión autónoma y participativa, producción y consumo socialmente responsable.
  • Incorporación de derechos protegidos, que incluye: derecho de acceso a canales de comercialización públicos; a participar de manera preferencial en los procesos de compra de bienes o contratación de servicios por parte del Estado; al respeto a la igualdad de género; a un sistema de difusión y gestión de los beneficios que establezca a su favor el Estado; a la enseñanza y promoción de los valores, actividades y prácticas de la economía social, solidaria y popular, mediante su incorporación en las currículas educativas formales y no formales.
  • Inclusión del sector de la economía popular.
  • Equidad de género: reconociendo que las mujeres son mayormente las trabajadoras que se destacan en cantidad en los ámbitos de la economía social, solidaria y popular. Se deben garantizar, tanto en los espacios de capacitación, producción y comercialización, las condiciones para que las mujeres y diversidades puedan participar de manera que se encuentre garantizada su plena presencia considerando sus particularidades.
  • En los espacios de producción, servicios sociocomunitarios y/o de comercialización como ferias deben contemplarse flexibilidad de horarios y requisitos y proveerse los espacios necesarios para la contención y cuidado de infancias a cargo de las trabajadoras participantes.
  • Jerarquizar la economía social y popular, convirtiéndolo en Instituto Provincial.
  • Cambios en la estructura del consejo, considerando sectores que no se encontraban involucrados.

Actualización del fondo especial de economía social, que comprende:

-Recursos del presupuesto de la Provincia: porcentaje fijo de 0,1% del presupuesto general, partiendo de un piso, en 2023, de $300.000.000, autorizando las correspondientes partidas presupuestarias para garantizar su ejecución a partir de 2023. El monto propuesto está destinado a financiamiento -subsidios, ayudas económicas y microcréditos-, comercialización, mejora continua, capacitación, catálogo en línea y promoción de las unidades registradas.

-Incorporación de los programas vigentes en la Dirección de Economía Social y Asociatividad al nuevo Instituto Provincial.

Adecuación de las compras públicas, incluyendo al sector, a través de la modificación de la Ley 8706 de Administración Financiera, que incluye:

  • Adecuación de compras a la economía social en la Ley de Administración Financiera
  • Establecimiento de compras al sector como mínimo el 10 % del total anual de las compras del Estado.
  • Adelanto de 30% para la compra de insumos, y el resto al momento de la entrega hasta 60 días posteriores a la contratación.
  • Preferencia en el precio de su oferta hasta el 5 % más respecto de productos ofrecidos por otras empresas o proveedores por igual producto o servicio.